Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2018 (30/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Domingo 30 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 483-MDA que Restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que Aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; el Informe Nº 057-2018-MDA-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su el artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 483-MDA, de fecha 06 de setiembre del 2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 12 de setiembre del 2018, se Restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que Aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate, hasta el 30 de setiembre del presente año; Que, la Ordenanza Nº 464-MDA, en su Tercera Disposición Final, faculta al señor Alcalde para que dicte las disposiciones necesarias para su correcta aplicación, así como la prórroga de su vigencia; Que, mediante Informe Nº 057-2018-MDA-GFC, la Gerencia de Fiscalización y Control señala que es necesario incrementar los niveles de recaudación a fin de disminuir la cartera morosa, siendo pertinente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 483-MDA que Restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que Aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el distrito de Ate hasta el 31 de octubre del presente año; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 483-MDA, que Restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que Aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate, hasta el 31 de Octubre del 2018; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Fiscalización y Control, y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1697113-2

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Amplían plazo de vencimiento de beneficios aprobados por Ordenanza Nº 027-2018MDMM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2018-DA-MDMM Magdalena del Mar, 26 de setiembre de 2018 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTO: El Memorando Nº 561-2018-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 367-2018SGRCEC-GATR-MDMM emitido por la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la ordenanza Nº 027-2018-MDMM, estableció en su artículo primero beneficios e incentivos al pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Administrativas, dentro de la Jurisdicción de Magdalena del Mar. Que, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 027-2018-MDMM, hasta el miércoles 31 de octubre de 2018, para permitir a un mayor número de contribuyentes, puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se propone en base a que el Alcalde se encuentra facultado, conforme se señala en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 027-2018-MDMM; Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el cumplimiento del pago de la obligaciones de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar y una manera de hacerlo es a través del otorgamiento de beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6º del artículo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia Administración Tributaria y Rentas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 027-2018-MDMM, hasta el 31 de octubre del 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JACKELIN GRACE ROCIO PAREJA Alcaldesa de la Municipalidad de Magdalena del Mar (e) 1696551-1

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