Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (26/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 26 de abril de 2019 / El Peruano de Director de Sistema Administrativo II – Directora de la Ofi cina de Abastecimiento, Categoría F-3, de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de mayo de 2019, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1763016-1 Autorizan viaje de la Superintendenta Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a Cuba, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2019-EF/10 Lima, 23 de abril de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Carta s/n de fecha 4 de enero de 2019, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT para participar en la 53ª Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), en las reuniones institucionales que se programan en el marco de la Asamblea y en el Taller Internacional del CIAT, que se llevarán a cabo en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 20 al 24 de mayo de 2019; Que, los temas a tratar en los citados eventos se encuentran incluidos en el Programa País, que viene implementando el Perú en el marco de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE, así como en el Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú 2017 y en la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Integridad Pública 2017; con el objetivo de alcanzar estándares técnicos que le permitan mejorar su marco institucional y ser miembro de la OCDE en el año 2021; Que, resulta altamente bene fi ciosa la participación de la SUNAT en los citados eventos al encontrarse alineados con los objetivos estratégicos institucionales de la SUNAT, de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, y de fortalecer la capacidad de gestión interna; dado que constituye una oportunidad para que el Perú conozca las experiencias de los países participantes, teniendo en cuenta que los temas relacionados con la ética en la Administración y el factor humano permitirán a la SUNAT cumplir con los compromisos asumidos y contribuir al cumplimiento de sus indicadores; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Claudia Liliana Concepción Suárez Gutiérrez, Superintendenta Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 19 al 24 de mayo de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes: US$ 868,75 Viáticos (5+1) US$ 2 580,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1763019-1 EDUCACION Conforman Grupo de Trabajo denominado “Grupo Técnico para el desarrollo de la Educación Digital” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 188-2019-MINEDU Lima, 25 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, establece que la Educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana, reconociendo y garantizando el Estado, la libertad de la enseñanza. Asimismo, en su artículo 14 señala que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte, prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad; constituyendo un deber del Estado, promover el desarrollo cientí fi co y tecnológico del país; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510, el Ministerio de Educación es un organismo del Poder Ejecutivo competente en formular las políticas nacionales en materia de educación, cultura, deporte y recreación en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado, supervisando y evaluando su cumplimiento y formulando los planes y programas en materia de su competencia; Que, en dicho contexto, el Ministerio de Educación centraliza las actividades que corresponden a las políticas a su cargo y ejecuta las acciones que son de su competencia, promoviendo la investigación y el desarrollo cientí fi co y tecnológico en el área de su competencia; Que, el artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018- PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018- PCM, señala que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos, careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros. Pueden ser sectoriales o multisectoriales, se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside;