Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de agosto de 2019 /

El Peruano

de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 14 al 17 de agosto de 2019, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la X Reunión de la Comisión Bilateral Peruano ­ Boliviana de Lucha contra el Contrabando, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 633,44 Viáticos (US $ 370,00 x 03 días) : US $ 1 110,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Lucana Poma presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1797006-1

Que, mediante Informe Técnico Nº 024-2019-MINCETUR/VMT/DGPDT-DFCT/PMRN y el Informe Legal Nº 026-2019-MINCETUTR/VMT/DGPDTDFCT-FTG de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Vice Ministerio de Turismo, se sustenta la pertinencia de realizar la transferencia financiera de recursos del Pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo por la suma de S/ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a la Unidad Ejecutora Nº 001-1309 del Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales protegidas con la finalidad de adquirir bienes, vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, destinados a la seguridad turística; Que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuenta con recursos disponibles en la Actividad 5001253: Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión; Gastos de Capital; Genérica de gasto 4. Donaciones y Transferencias; en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para realizar la Transferencia Financiera; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, y la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera al Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas Autorizar una transferencia financiera con cargo al presupuesto del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración hasta por la suma de S/ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudado, a favor de la Unidad Ejecutora Nº 001-1309 del Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, durante el año Fiscal 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas. Articulo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el articulo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 del Pliego 035: Ministerio Comercio Exterior y Turismo; Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración; Categoría Presupuestaria 9002: Asignaciones Presupuestarias que No resultan en Productos; Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de inversión; Gastos de Capital; Genérica de Gasto 4. Donaciones y Transferencias; en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Finalidad Los recursos a transferir a favor de la de la Unidad Ejecutora Nº 001-1309 del Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, tiene por finalidad la adquisición de bienes, vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversión, destinados a la seguridad turística; en ese sentido, tienen como destino fortalecer el desarrollo turístico de las Áreas Naturales Protegidas de la Reserva Nacional Tambopata; Reserva Nacional de Paracas; Parque Nacional Huascarán, de acuerdo al Convenio suscrito entre el Pliego MINCETUR y del Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal

Autorizan Transferencia Financiera al Pliego 050 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2019-MINCETUR Lima, 13 de Agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30879, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, por Resolución Ministerial Nº 501-2018-MINCETUR/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2019; Que, el artículo 26 de la Ley Nº 30970 Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, autoriza al MINCETUR durante el año fiscal 2019, para realizar transferencias financieras, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta la suma de S/ 7 900 000,00 a favor del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), con la finalidad de que dichas entidades adquieran bienes, vehículos y /o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, destinados a la seguridad turística; Que, asimismo, el precitado dispositivo legal señala que el Ministerio del Interior y SERNANP quedan exceptuados de la restricción prevista en el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, las cuales se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es responsable de la verificación y seguimiento de los recursos que se transfieren. De igual forma, los gastos para la operatividad y mantenimiento de los vehículos que se adquieran en el marco del presente artículo se encuentran a cargo de los pliegos Ministerio del Interior y SERNANP, y no deben demandar recursos adicionales al tesoro público;

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