Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 14 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES
ANEXO A LA R.M. N° 233-2019-MINEM/DM CARTERA DE INTERVENCIÓN DE ELECTRO SUR S.A., PARA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN RURAL
N° NOMBRE DEL ESTUDIO DEPARTAMENTO

13

Electrificación Rural del Pliego 016 ­ Ministerio de Energía y Minas; Que, el 26 de julio de 2019 el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima - Electrosur S.A., suscriben el Convenio Nº 004-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima - Electrosur S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; y el Decreto Supremo N° 0332015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera por la suma de S/ 3 813 806,14 (Tres Millones Ochocientos Trece Mil Ochocientos Seis y 14/100 Soles) incluido el IGV, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2019, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima Electrosur S.A., para el desarrollo del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO : Acciones Comunes ACTIVIDAD : Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO : 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 3 813 806,14 Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 004-2019-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima Electrosur S.A. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Sociedad Anónima Electrosur S.A., debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas

INVERSIÓN S/.

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA LINEA PRIMARIA YUNGA - QUINSACHATA Y ELECTRIFICACION RURAL DE LAS LOCALIDADES DE CAMATA QUERALA, COALAQUE, CHACANI, PILLONE, MATAZO, 1 CANCUSANI, VIZCACHANI, QUINSACHATA Y YUNGA EN LOS DISTRITOS DE UBINAS Y YUNGA DE LA PROVINCIA DE GENERAL SANCHEZ CERRO - DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA TOTAL ELECTROSUR S.A.

TACNA

3 813 806.14

3 813 806.14

1797412-1

INTERIOR
Autorizan viaje de funcionaria de la SUCAMEC a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1209-2019-IN Lima, 12 de agosto de 2019 VISTOS, el Oficio N° 198-2019-SUCAMEC-SN de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, el Informe N° 002036-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 198-2019-SUCAMEC-SN, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, solicita autorización, a fin que la Gerente General de la citada Entidad participe en la "Quinta Conferencia de los Estados Parte del Tratado sobre Comercio de Armas" (CSP5 por sus siglas en inglés) a realizarse del 26 al 30 de agosto de 2019 en la ciudad de Ginebra de la Confederación Suiza; Que, con Informe N° 00049-2019-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 31 de julio de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC estima conveniente que se prosiga con el trámite para la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la señora Jessyca Del Carmen Murguía Hernández, Gerente General de la citada Superintendencia, del 24 de agosto al 01 setiembre de 2019, a la ciudad de Ginebra de la Confederación Suiza, para que asista a la "Quinta Conferencia de los Estados Parte del Tratado sobre Comercio de Armas", toda vez que, la participación de la citada funcionaria es importante para la Institución que representa, a fin que se tome un rol activo en la implementación del primer acuerdo global, jurídicamente vinculante, que regula el comercio de armas convencionales, y establece el marco jurídico de responsabilidad y transparencia en las transferencias internacionales de las mismas; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de la mencionada comisionada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos

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