Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de agosto de 2019 /

El Peruano

del señor Armando Benjamín García Chunga, Gerente de la Gerencia de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 14 al 17 de agosto de 2019, a la ciudad de Puerto Varas de la República de Chile, para que asista como parte de la delegación peruana en la citada reunión, toda vez que su participación contribuirá a los objetivos estratégicos de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y al desarrollo de la Política Nacional Migratoria, con especial atención en el fortalecimiento de la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras, como parte de las posibles propuestas a tratar en el mencionado evento; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado comisionado en el citado evento, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por el Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 001909-2019PP/MIGRACIONES, de fecha 08 de agosto de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria

por Decreto Supremo N° 008-2014-IN; y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2019-IN y la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Armando Benjamín García Chunga, Gerente de la Gerencia de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 14 al 18 de agosto de 2019, a la ciudad de Puerto Varas de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución, se efectúan con cargo al Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Viáticos Pasajes aéreos 370,00 X 1 714,10 X Días 4 X X Personas 1 = 1 = Total US$ 1 480,00 1 714,10

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1797093-2

Autorizan viaje de oficial de la PNP a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1221-2019-IN Lima, 13 de agosto de 2019 VISTOS; el Oficio N° 1091-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002060-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DSD-SCD) N° F-137, de fecha 20 de junio de 2019, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada a la Policía Nacional del Perú, la invitación extendida por el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral de Lucha contra el Contrabando Perú - Bolivia, a efectos que personal policial participe de la "X Reunión de la Comisión Bilateral Perú-Bolivia de Lucha Contra el Contrabando", a realizarse los días 15 y 16 de agosto de 2019, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 255-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 07 de agosto de 2019, la Comandancia General de la

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