Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de agosto de 2019 /

El Peruano

(ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por el Pliego 072, Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, conforme lo precisa el Memorando N° 533-2019-SUCAMEC-OGPP, de fecha 01 de agosto de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN y su modificatoria, aprobada por Decreto Supremo N° 017-2013-IN; y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2019-IN y la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobada por la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la señora Jessyca Del Carmen Murguía Hernández, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, del 24 de agosto al 01 setiembre de 2019, a la ciudad de Ginebra de la Confederación Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución, se efectúan con cargo al Pliego 072, Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Viáticos Pasajes aéreos US$ 540,00 X S/ 6 286,57 X Días 7 = = Total US$ 3 780,00 S/ 6 286,57

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1796619-1

Autorizan viaje de representante de la PNP a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1219-2019-IN Lima, 13 de agosto de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 066-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA del Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional que constituye la Sección Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y otros, creada con Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM; el Informe Nº 000552-2019/ IN/OGPP/OCRI de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº002048-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 066-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA de fecha 6 de junio de 2019, el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional que constituye la Sección Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y otros, creada con Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM, informa al Ministerio del Interior la próxima realización de la X Reunión Bilateral a celebrarse los días 15 y 16 de agosto de 2019, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, solicitando confirmar el nombre del funcionario que participará en representación del Ministerio del Interior en dicha reunión; Que, con Informe Nº 000046-2019/IN/DGCO/DCO/ HAF de fecha 1 de agosto de 2019, la Dirección Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, propone la participación en el citado evento del Coronel (R) de la Policía Nacional del Perú Luis Ernesto Ibarra Chang, servidor de la mencionada Dirección General y representante alterno del Ministerio del Interior ante la Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios

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