Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2019 (14/08/2019)


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El Peruano / Miércoles 14 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras disposiciones para la operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para la prestación del servicio alimentario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2019-MIDIS Lima, 12 de agosto de 2019 VISTOS: El Oficio N° D000128-2019-MIDIS/PNAEQW-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; el Memorando N° 317-2019-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 496-2019-MIDIS/VMPS/DGACPS, emitido por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° 180-2019-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 295-2019-MIDIS/SG/ OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 187-2019-MIDIS/VMPS/DGACPS/DCPS, emitido por la Dirección de Coordinación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe N° 59-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29792 crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional; Que, mediante el artículo 18 de la citada Ley N° 29792 se encarga al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la articulación y coordinación entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo, para la implementación de políticas nacionales y sectoriales, así como la evaluación de su cumplimiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como programa social del Estado a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para las/ los escolares de instituciones educativas públicas: i) en el nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad; ii) en el nivel de educación primaria; iii) en el nivel de educación secundaria, ubicadas en los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana, comprendidos en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas, listados en la Resolución Ministerial Nº 321-2014-MC, del Ministerio de Cultura, o la que la reemplace o actualice; iv) en el nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa (JEC); y, v) en el nivel de educación secundaria bajo las Formas de Atención Diversificada (FAD) y/o Modelos de Servicio Educativo; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tiene la función de brindar un servicio alimentario diversificado de calidad a través de distintos actores, tales como la comunidad educativa organizada, el sector privado y los gobiernos locales, entre otros, implementando modelos de gestión adecuados al entorno y características de los usuarios;

Que, por su parte, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del programa, de acuerdo con las disposiciones establecidas mediante decreto supremo; Que, asimismo, dicha norma establece que los comités u organizaciones referidas en el considerando precedente, serán reconocidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, que establezca dicho Ministerio y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, se establecieron las disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios, de conformidad con lo estipulado en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, de acuerdo con el artículo 6 del referido Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, mediante resolución, los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias; Que, bajo ese marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 001-2013-MIDIS, Procedimientos Generales para la operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Oficio N° D000128-2019-MIDIS/ PNAEQW-DE y documentación adjunta, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, sustenta y propone la actualización de la Directiva N° 001-2013-MIDIS, a efectos de concordar las disposiciones de tal directiva con el marco normativo vigente, así como brindar un marco general para que el referido Programa Nacional apruebe los documentos normativos necesarios para el funcionamiento del modelo de cogestión, la contratación de bienes y servicios que se requieran para la prestación del servicio alimentario, así como la rendición de cuentas respectiva; Que, en tal sentido, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma propone la Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras disposiciones para la operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para la prestación del servicio alimentario; contando tal propuesta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Coordinación de las Prestaciones Sociales, y de la Oficina de Modernización; Que, en atención a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras disposiciones para la operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para la prestación del servicio alimentario, a efectos del cumplimiento de los objetivos institucionales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y, por consiguiente, se estima necesario derogar la Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 001-2013-MIDIS; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de

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