Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos" (www.juntos.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. NATALYE ZÚÑIGA CAPARÓ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" 1832582-1

Designan Coordinador de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 212-2019-MIDIS/PNADP-DE Lima, 2 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorando N° 000368-2019-MIDIS/PNADP-DE del 29 de noviembre de 2019 emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000403-2019-MIDIS/PNADPURH del 29 de noviembre de 2019 emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 000461-2019-MIDIS/ PNADP-UAJ del 29 de noviembre de 2019 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2005PCM y el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos", el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos", el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 015-2018-MIDIS/PNADP-DE de fecha 07 de febrero de 2018, se aprueba el Manual Clasificador de Cargos del Programa Juntos, como herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los perfiles del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos"; el cual comprende el Cargo Estructural de Coordinador/a, que registra la Clasificación EC y es considerado como Cargo de Confianza; Que, la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación Progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, en su Primera Disposición Complementaria Final ­ "Contratación de Peronal Directivo" dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del articulo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo; Que, mediante Informe N° 000403-2019-MIDIS/ PNADP-URH de fecha 29 de noviembre de 2019, la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, realizó la evaluación técnica del profesional ANGEL ENRIQUE HINOSTROZA

CAMARENA, a fin de verificar la compatibilidad de su perfil, con los requisitos mínimos establecidos en el Manual Clasificador de Cargos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos", respecto al Cargo de Coordinador de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información; concluyendo que cumple con los requisitos establecidos en dicho manual; Que, mediante Informe N° 000461-2019-MIDIS/ PNADP-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica se estima viable la emisión del acto que dispone la designación del servidor propuesto; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo N° 0322005-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0622005-PCM y el Decreto Supremo N° 012-2012-MIDIS; la Resolución Ministerial N° 092-2019-MIDIS; y estando a lo establecido por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos", aprobado por Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al profesional ANGEL ENRIQUE HINOSTROZA CAMARENA en el Cargo de Confianza de Coordinador de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos", a partir del 03 de diciembre de 2019. Artículo 2.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "Juntos" (www.juntos.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. NATALYE ZÚÑIGA CAPARÓ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" 1832582-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de la Municipalidad Provincial de Ambo y de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo para el financiamiento de proyectos de inversión
DECRETO SUPREMO Nº 359-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Ley N° 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, si como consecuencia de la implementación de operaciones de administración de deuda aprobadas en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, y de la referida Ley, se liberan los recursos previstos en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2019 en la genérica de gasto para el pago del servicio de deuda, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Tesoro Público, está autorizado a reorientar los montos establecidos en el inciso 2 del párrafo 3.2 del artículo 3 y en el párrafo 7.1 del artículo 7 de la citada Ley N° 30881, para ser destinados al financiamiento de proyectos de

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