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18 NORMAS LEGALES Martes 3 de diciembre de 2019 / El Peruano Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi catorias, señala que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, entre otras acciones administrativas de desplazamiento de personal, a la designación temporal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del servidor Elmer Martín Reyes Velásquez, profesional de la O fi cina General de Recursos Humanos, como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de la Producción, efectuada mediante Resolución Secretarial N° 033-2019-PRODUCE/SG, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar temporalmente a la servidora María Janet Pérez Ríos, profesional de la O fi cina de Gestión del Talento Humano de la O fi cina General de Recursos Humanos, como Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ALARCÓN DIAZ Secretario General 1832726-2 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo al IMARPE INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 257-2019-IMARPE/DEC Callao, 28 de noviembre de 2019VISTOS:El O fi cio Nº 000920-2019-CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; los Memorándum Nos. 520-2019-IMARPE/OGA y 525-2019-IMARPE/OGA de fecha 20 y 25 de noviembre de 2019, respectivamente, de la O fi cina General de Administración; el Memorándum Nº 578-2019-IMARPE/OGPP de fecha 22 de noviembre de 2019, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 512-2019-IMARPE/OGAJ de fecha 26 de noviembre de 2019, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Cientí fi ca Nº 263-2018-IMARPE/DEC de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2019 de la Entidad, por la suma de S/ 90 193 387.00 (Noventa Millones Ciento Noventa y Tres Mil Trescientos Ochenta y Siete con 00/100 soles); el cual constituye el dispositivo presupuestario que rige la Ejecución del Presupuesto Institucional durante el presente ejercicio fi scal; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, dicho dispositivo legal señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriendo el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, por el período a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresariales del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en ese sentido, con el O fi cio Nº 000920-2019- CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica al Imarpe que, a efectos de implementar las disposiciones de la normativa precedentemente expuesta, deberá realizar una transferencia fi nanciera a su favor, hasta por la suma de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) que corresponde al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, y el depósito a la Contraloría General de la República en la Cuenta Nº 0000-282758 del Banco de la Nación, por el concepto del 6% del derecho de designación o supervisión, por el importe de S/ 6,609.05 (Seis Mil Seiscientos Nueve con 05/100 Soles). Asimismo, solicita realizar la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el 50% restante de la retribución económica que incluye IGV para el período auditado 2019; Que, mediante Memorándum Nº 520-2019-IMARPE/ OGA de fecha 20 de noviembre de 2019, la O fi cina General de Administración solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la realización de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado por la Contraloría General de la República; Que, con Memorándum Nº 578-2019-IMARPE/OGPP de fecha 22 de noviembre de 2019, la O fi cina General