Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Norma ISO 17034 y su aplicación en la preparación de ejercicios de intercomparación de acuerdo a la Normal ISO 17043/ISO 13528", la cual se llevará a cabo del 09 al 17 de diciembre de 2019; Que, con Informe N° 350-2019-SANIPES/OA, la Oficina de Administración del SANIPES, señala que se ha cotizado el precio de los pasajes aéreos en tarifa económica para la realización del mencionado viaje, así como también se realiza el cálculo para la asignación de viáticos que corresponde en función al itinerario adjunto en el expediente; asimismo, señala que existe disponibilidad presupuestal para asumir los gastos de la comisión de servicios tal como se indica en las Certificaciones de Crédito Presupuestario Notas N°s 0000003157 y 0000003287; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viaje al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; y que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores Christian Miguel Rebatta Quintanilla, Eduard Manuel Villalobos Infante y Daniel Enrique Morante Becerra, servidores del SANIPES, a la ciudad de Alicante, Reino de España, del 07 al 18 de diciembre de 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Christian Miguel Rebatta Quintanilla, Eduard Manuel Villalobos Infante y Daniel Enrique Morante Becerra, servidores del SANIPES y miembros del equipo técnico a cargo del Subproyecto "Implementación de pruebas interlaboratorios en ensayos microbiológicos para el fortalecimiento de la supervisión de las entidades de apoyo del SANIPES en referencia a la ISO/IEC 17043:2010", a la ciudad de Alicante, Reino de España, del 07 al 18 de diciembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos y pasajes aéreos que irrogue el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Christian Miguel Rebatta Quintanilla Eduard Manuel Villalobos Infante Daniel Enrique Morante Becerra Viáticos por 10 días (9 día + 1 día Pasaje aéreo (incluido TUUA) por concepto de instalación) US$ por 3 comisionados US$ 540,00 por día 5 400,00 5 400,00 5 400,00 4 688,69

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deben presentar al Titular de la Entidad, cada uno, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1832726-1

Designan Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio
RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 061-2019-PRODUCE/SG Lima, 29 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 60-2019-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 1023-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 92 de la precitada Ley, señala que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; asimismo, señala que la Secretaría Técnica depende de la Oficina de Recursos Humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014PCM, establece que la Secretaría Técnica que presta apoyo a las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario puede estar compuesta por uno o más servidores, quienes pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, siendo designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, dispone que el titular de la entidad, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 17 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria, indica que la Secretaría General constituye la más alta autoridad administrativa de la entidad; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Secretarial N° 033-2019-PRODUCE/SG, se designa temporalmente, al servidor Elmer Martín Reyes Velásquez, profesional de la Oficina General de Recursos Humanos, como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones; Que, de acuerdo a la propuesta contenida en el Informe N° 60-2019-PRODUCE/OGRH, es necesario dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente, y designar a la servidora María Janet Pérez Ríos como Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de la Producción;

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