Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

(SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: RV4-ECH-S2-TRN-174 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: Colindante con el área Remanente N° 2 del mismo predio, en línea quebrada entre los vértices A al C, de una longitud total de 298.10m. · Por el Sur: Colindante con el área Remanente N° 1 del mismo predio, en línea quebrada entre los vértices F al I, de una longitud total de 146.80m. · Por el Este: Colindante con trocha carrozable y predio de U.C. 06415 inscrito en la Partida Electrónica N° 11015453, en línea quebrada, entre LOPEZ DIAZ MINISTERIO DE JUAN RODOLFO los vértices C al F, de una longitud total de 76.59m. · Por el Oeste: Colindante con Predio de ROMERO TRANSPORTES Y COMUNICACIONESROSALES DE U.C. 06420 inscrito en la Partida Electrónica N° PROVIAS NACIONAL LOPEZ AMANDA 11007841 , en línea recta , entre los vértices I al A NELLY de una longitud total de 130.38m. PARTIDA REGISTRAL: Nº 02102952, perteneciente a Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 01.07.2019 (Informe Técnico N° 5707-2019.Z.R.N°VII/OC-CHIMB de fecha 28.06.2019) por la Oficina de Catastro de la Zona Registral VII ­ Sede Huaraz CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 07 .03.2019, por la Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral VII-Sede Huaraz AREA AFECTADA: 10,916.37 AFECTACIÓN: Parcial del M2 Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADO A B C D E F G H I A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-A DISTANCIA (m) 6.50 291.60 10.13 25.00 41.46 6.22 136.06 4.52 130.38 WGS84 ESTE (X) NORTE (Y)



SUJETO PASIVO

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

764668.1499 9007030.0070 764674.6172 9007030.6617 764964.7330 9007060.0302 764973.8315 9007055.5847 764957.5641 9007036.6018 764934.0801 9007002.4312 764933.4537 9007008.6185 764798.0820 9006994.9147 764793.5850 9006994.4590 262,147.88

1

1841325-5

Aprueban valor total de tasación de inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1235-2019-MTC/01.02 Lima, 27 de diciembre de 2019 Visto: El Memorándum N° 7549-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú;

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