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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (30/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 161

161 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 El Peruano / ORDENANZA QUE PRORROGA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, FIJADOS POR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 388-2017-MDC Artículo Primero.- PRORROGAR, para el ejercicio fi scal 2020, la vigencia de los montos del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, establecidos por la Ordenanza Municipal Nº 388-2017-MDC, y rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 493-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima y publicados en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 29 de Diciembre de 2017. Artículo Segundo.- FIJESE en S/3.39 (Tres y 39/100 soles) el monto que deben abonar los contribuyentes titulares de un (01) predio por el servicio de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2020. Adicionalmente, los contribuyentes deberán abonar por cada anexo adicional, el monto de S/0.46 (Cuarenta y Seis céntimos de Sol). Artículo Tercero.- FÍJESE como tope máximo el 0.4% de la UIT como concepto de Derecho de Emisión Mecanizada del ejercicio fi scal 2020, para los contribuyentes que posean más de un anexo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de Enero del año 2020, previa publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y asimismo será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo: www.municarabayllo.gob.pe, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 2085-MML. Segunda.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Carabayllo, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; a la Secretaría General, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y, a la Sub Gerencia de Informática, su publicación en el Portal Institucional. Cuarta.- Derogar la Ordenanza N°421-2019-MDC y toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Por Tanto:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 1841073-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020 ACUERDO DE CONCEJO N° 152-2019/MLV La Victoria, 27 de diciembre de 2019EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2019, el Dictamen Conjunto Nº 019-2019-CPPAL-CAFTTFC/MLV, emitido por las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Administración, Finanzas, Tecnologías de la Información, Telecomunicaciones y Fiscalización y Control; y, CONSIDERANDO:Que conforme a lo dispuesto por el artículo 94º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, ello en concordancia con Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020, ha sido formulado teniendo en cuentas normas sobre Gobiernos Locales como el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre otras y las normas presupuéstales como el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto de Urgencia 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año fi scal 2020, Resolución Directoral N° 004-2019-EF/50.01, que aprueba la “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”; Que conforme lo establece el inciso 16), artículo 9º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, “Aprobar el presupuesto anual y sus modi fi caciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad”; Que conforme a lo dispuesto en el numeral 31.3 del artículo 31º del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales se aprueban mediante Acuerdo de Concejo del Concejo Municipal, respectivamente a más tardar el 31 de diciembre del año fi scal anterior a su vigencia; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 014-2019, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el cual corresponde las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales. Que, con Resolución de Alcaldía N° 133-2019, de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión para el Proceso de Programación Multianual y Formulación Anual del Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La Victoria para el Año Fiscal 2020, en mérito a los dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4º, de la Directiva N°002-2019-EF/50.01, “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 004-2019-EF/50.01.; Que, mediante Informe N° 503-2019-GPP/MLV, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, remite el Informe N° 699-2019-SGP-GPP/MLV, emitido por la Subgerencia de Presupuesto en el cual remite el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020, que constituye un instrumento para la Plani fi cación y la toma de decisiones, detallando el desagregado de gastos por Fuente de Financiamiento y Rubro, así como por Categoría y Genérica del Gasto, con un total ascendente a la suma de S/ 96,146,830.00 , asimismo presenta la Distribución porcentual del Rubro: 07 Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), siendo un 50.00% para los Gastos Corrientes y un 50.00% para los Gastos de Capital; Que, mediante Informe N° 606-2019-GAJ/MLV, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020, ha sido elaborado en observancia de los dispositivos legales vigentes de la materia, tales como la Directiva N° 002-2019-EF/50.01, “Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria”, aprobada con la Resolución Directoral N° 004-2019-EF/50.01, ante ello opina que resulta procedente la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020, recomendando poner a disposición del Concejo Municipal para su evaluación y aprobación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Informe que es compartido