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170 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 / El Peruano la Municipalidad de San Antonio www.munisanantoniohri. gob.pe y su correspondiente difusión masiva. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria realizar las coordinaciones para continuar el trámite ante la Municipalidad Provincial de Huarochirí- Matucana para su rati fi cación. Sexta.- Deróguese todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ Alcaldesa 1841314-1 Modifican la Ordenanza N° 23-2019-MDSA que aprobó montos de arbitrios, la emisión mecanizada de la declaración jurada del Impuesto Predial y la hoja de liquidación correspondiente al periodo 2020 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 32-2019-MDSA San Antonio 09, de diciembre del 2019POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANANTONIO DE HUAROCHIRÍ: VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de diciembre del 2019, el Informe Nº 43-2019-GAT-MDSA emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum Nº 521-2019-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 126-2019-GAJ-MDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 522-2019-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional” precisa que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades “La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico (…)”; Que, el numeral 4) del Artículo 195 de la Carta Magna concordado con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y/o suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de acuerdo al numeral 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” y “Crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley”; Que, el Artículo 39º y Artículo 40º de la acotada Ley Nº 27972, establece que “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos (…)” y “(…). Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia”; Que, mediante Ordenanza Nº 009-2016-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Solidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al período 2017, las mismas que fueron ratifi cadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 182-2016-CM/ MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 30 de Diciembre de 2016, rati fi cada con Ordenanza Municipal Nº 18-2016-CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 27 de diciembre del 2016; Que, mediante Ordenanza Nº 016-2017-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al período 2018, las mismas que fueron rati fi cadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 238-2017-CM/MPH-M con fecha 22 de Diciembre de 2017 de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, rati fi cada con Ordenanza Municipal Nº 019-2017/CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 30 de Diciembre de 2017; Que, mediante Ordenanza Nº 010-2018-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales Correspondiente al período 2019, rati fi cado con Ordenanza Municipal Nº 011-2018/CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 21 de Diciembre de 2018; Que, mediante Ordenanza Nº 023-2019-MDSA, se aprobó los Montos de Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2020 del Distrito de San Antonio y el Informe Técnico Sustentatorio; Que, con O fi cio Nº 01-2019-CREAT-MPH-M de fecha 02 de diciembre y noti fi cada el 03 de diciembre del 2019, la Comisión de Revisión y Evaluación de Asuntos Tributarios, comunica al responsable de rati fi cación de la ordenanza de arbitrios, las observaciones al procedimiento de ratifi cación de la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, para lo cual le otorga un plazo de 07 días hábiles a fi n de que subsane las observaciones señaladas en el referido o fi cio; Que, con Informe Nº 43-2019-GAT-MDSA de fecha 06 de diciembre del 2019, la Gerencia de Administración Tributaria remite a Gerencia Municipal, el proyecto de modi fi cación de Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, que Aprobó los Montos de Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2020 del Distrito de San Antonio y el Informe Técnico Sustentatorio. En vista de ello, señala que con O fi cio Nº 01-2019-CREAT-MPH-M de fecha 02 de diciembre y notifi cada el 03 de diciembre del 2019 comunica las observaciones al procedimiento de rati fi cación de la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, por lo que habiendo levantado las observaciones descritas en el referido o fi cio, solicita su aprobación ante sesión de concejo municipal, para continuar con el procedimiento de rati fi cación de la ordenanza; Que, con Memorándum Nº 521-2019-GM-MDSA de fecha 06 de diciembre del 2019 Gerencia Municipal remite los documentos de la referencia a Gerencia de Asesoría Jurídica, para opinión legal sobre proyecto de modi fi cación a la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA-A, que Aprobó los Montos de Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al periodo 2020 del Distrito de San Antonio y el Informe Técnico Sustentatorio;