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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (30/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 / El Peruano referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o Institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. SE ACUERDA:Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 23 y 32- 2019-MDSA; de la Municipalidad Distrital de San Antonio de la Provincia de Huarochirí, que aprueba las Tasas de Arbitrios de Barrido de Calle, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la aprobación de la emisión mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales e Informe Técnico correspondiente al Periodo 2020. Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo rati fi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto de la Ordenanza Nº 023 y 32-2019-MDSA, en el Diario O fi cial el Peruano; deberán ser publicados en el Portal Web Institucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Secretaria General su difusión. Artículo Cuarto.- El presente acuerdo de Concejo Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación en el Concejo Municipal; será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí-Matucana (www.munimatucana.gob.pe). POR TANTO,Mando se registre, publique y cumpla.EVELING GEOVANNA FELICIANO ORDOÑEZ Alcalde Provincial 1841316-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Aprueban montos de Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana, y la aprobación de emisión mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Predial y la Hoja de Liquidación de Arbitrios Municipales del periodo 2020 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 23-2019-MDSA San Antonio 08, de noviembre del 2019POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ: VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de noviembre del 2019, el Informe Nº 42-2019-GAT-MDSA emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum Nº 103-2019-GSCyMA-MDSA emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Memorándum Nº 399-2019-GPyP-MDSA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 115-2019-GAJ-MDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 481-2019-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal , y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional” precisa que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades “La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico (…)”; Que, el numeral 4) del Artículo 195º de la Carta Magna concordado con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y/o suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de acuerdo al numeral 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” y “Crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley”; Que, el Artículo 39º y Artículo 40º de la acotada Ley Nº 27972, establece que “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos (…)” y “(…). Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia”; Que, mediante Ordenanza Nº 009-2016-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Solidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al período 2017, las mismas que fueron rati fi cadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 182-2016-CM/MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 30 de Diciembre de 2016, rati fi cada con Ordenanza Municipal Nº 18-2016-CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 27 de diciembre del 2016; Que, mediante Ordenanza Nº 016-2017-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales correspondiente al período 2018, las mismas que fueron rati fi cadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 238-2017-CM/MPH-M con fecha 22 de Diciembre de 2017 de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, rati fi cada con Ordenanza Municipal Nº 019-2017/CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 30 de Diciembre de 2017; Que, mediante Ordenanzas Nº 010-2018-MDSA, se aprobó el Régimen y los Montos para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y la Aprobación de la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y la Liquidación de Arbitrios Municipales Correspondiente al período 2019, rati fi cado con Ordenanza Municipal Nº 011-2018/CM-MPH-M, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 21 de Diciembre de 2018; Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 69 - B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº156-2004-EF y el de la Ordenanza Municipal Nº 022-2019/CM-MPH-M, “Ordenanza Que Aprueba El Procedimiento de Ratifi cación De Ordenanzas Tributarias en el Ámbito De La Provincia De Huarochirí”, que regulan el procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas, señalando en su Artículo Nº 08 que la Municipalidades Distritales podrán solicitar la Rati fi cación de la Ordenanza que actualice los Arbitrios