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171 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 126-2019-GAJ-MDSA de fecha 06 de diciembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de modi fi cación de Ordenanza Municipal sea elevado al concejo municipal para su aprobación, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, con el voto UNANIME de los señores Regidores y en uso se las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Artículo 9º Artículo 39º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 23-2019-MDSA DE FECHA 08 DE NOVIEMBRE DEL 2019 QUE APROBÓ LOS MONTOS DE ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES, SEGURIDAD CIUDADANA Y LA APROBACIÓN DE LA EMISIÓN MECANIZADA DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2020 DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO Artículo 1º.- MODIFÍQUESE el título de la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “ORDENANZA QUE APRUEBA LAS TASAS DE ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES, SEGURIDAD CIUDADANA Y LA APROBACIÓN DE LA EMISIÓN MECANIZADA DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2020 DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO” Artículo 2º.- INCORPÓRESE el artículo 5.- De la Periodicidad y Vencimiento Los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana son de periodicidad mensual y se cancelan el último día hábil de cada mes de acuerdo al siguiente cronograma: · Primera.- 31 enero de 2020 · Segunda.- 29 febrero de 2020· Tercera.- 31 marzo de 2020· Cuarta.- 30 de abril de 2020· Quinta.- 29 de mayo de 2020· Sexta.- 30 de junio de 2020· Séptima.- 31 de julio de 2020· Octava.- 31 de agosto de 2020· Novena.- 30 de setiembre de 2020· Décima.- 30 de octubre de 2020· Décimo primera.- 30 noviembre de 2020· Décimo segunda.- 31 de diciembre de 2020 Artículo 3º.- MODIFÍQUESE el numeral 4 de la Aprobación de los Costos para el Ejercicio 2019 del Informe Técnico aprobado en el artículo 3 de la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: COSTOS PARA EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPONERAS MECANIZADAS A DOMICILIO A AJUSTARSE PARA EL AÑO 2020 Elemento de CostoCosto Total emisión 2019(ORD. Nº 010- 2018-MDSA)Nº de ContribuyentesCosto de la Cuponera 2019IPC – Julio 2019 % Costo de la Cuponera 2020Costo por Cobrar Cuponera 2020 (a) (b) ( c ) = ( a )/ ( c ) Emisión Mecanizada de Cuponera 60,930.89 20,348 3.00 1.36 3.00 3.00 Artículo 4º.- INCORPÓRESE el numeral 7 denominado Alcances: del Informe técnico aprobado en el artículo 3 de la Ordenanza Nº 23-2019-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: Precisar que de la veri fi cación de la Ordenanza 10- 2018- MDSA que aprobó LOS MONTOS DE ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES, SEGURIDAD CIUDADANA Y LA APROBACIÓN DE LA EMISIÓN MECANIZADA DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2019 DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO, en el numeral 4 del informe técnico del sub título: “Costos Distribuidos de los Arbitrios Municipales 2018 y Costos a Ajustarse para el año 2019 se advierte un error en los títulos siguientes: Dice: SERVICIOCOSTOS APROBADOS 2017 (ORD. Nº 016-2017- MDSA)IPC al mes de Agosto 2018 (%)COSTOS AJUSTADOS 2018DIFERENCIA s/ Cuando debió decir: SERVICIOCOSTOS APROBADOS 2018 (ORD. Nº 016-2017- MDSA)IPC al mes de Agosto 2018 (%)COSTOS AJUSTADOS 2019DIFERENCIA s/DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente Ordenanza, así como para la prórroga de los plazos en ella establecidos. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero del 2020, previa publicación en el Diario O fi cial El Peruano de su texto normativo, conjuntamente con el informe técnico, así como del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí que la rati fi que. Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, y sus Sub Gerencias, debiendo todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Cuarta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Comunicaciones la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Antonio www.munisanantoniohri.gob.pe y su correspondiente difusión masiva. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria realizar las coordinaciones para continuar el trámite ante la Municipalidad Provincial de Huarochirí- Matucana para su rati fi cación. Sexta.- Deróguese todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ Alcaldesa 1841314-2