TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Martes 15 de enero de 2019 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2013- MINCETUR/DM se designó al funcionario encargado de clasi fi car la información del MINCETUR de carácter secreto y reservado; Que, por Resolución Ministerial N° 028- 2016-MINCETUR, se aprueba la Directiva N° 001- 2016-MINCETUR/DM, “Gobierno Abierto, T ransparen cia, Acceso a la Información Pública, Participación y Colaboración para el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y todos sus Órganos Públicos Adscritos y/o Desconcentrados”, estableciendo en el sub numeral 7.8.3 del numeral 7.8 “De las excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la información pública y su clasi fi cación”, que el Titular del Sector o Pliego, según corresponda o el funcionario que éste designe son los responsables de la clasi fi cación de la información de carácter secreta o reservada. Asimismo, la designación del funcionario, debe ser concordante con lo dispuesto en el articulo 20 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el articulo 20 del citado Reglamento dispone que la designación del funcionario que clasi fi ca o desclasi fi ca la información restringida necesariamente deberá recaer en aquél que tenga competencia para emitir Resoluciones; Que, la mencionada Directiva en el acápite VI Defi niciones, incorpora los conceptos de funcionario responsable de entregar la información (FREI), y el funcionario responsable del portal de transparencia (FRPT); Que, estando a lo antes señalado, resulta pertinente actualizar las normas referidas a los funcionarios que se encargan de brindar la información que es requerida por los ciudadanos, al amparo de la Ley N° 27806; del responsable del Portal de Transparencia; y de clasi fi car o desclasi fi car la información de carácter secreto y reservado del MINCETUR; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a el(la) Director(a) General de Administración como el(la) funcionario(a) responsable de entregar la información (FREI), y a el(la) Secretario(a) General como el(la) funcionario(a) responsable de clasi fi car o desclasi fi car la información de carácter secreto y reservado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2.- Designar a el(la) Director(a) General de Informática como el(la) funcionario(a) responsable del Portal de Transparencia (FRPT), del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 3.- En el ejercicio de las funciones que se le asignan, los(las) referidos(as) funcionarios(as) cumplirán estrictamente las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y normas complementarias. Artículo 4.- Los actos administrativos de clasi fi cación y desclasi fi cación de la información de carácter secreta o reservada, se harán de conocimiento del Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 5.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nos. 036-2002, 472-2004, 255-2011 y 273-2013-MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1731124-1