Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2019 (15/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de enero de 2019 /

El Peruano

del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www. ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. HENRY LUNA CÓRDOVA Presidente Ejecutivo 1731018-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2019-OEFA/CD Lima, 14 de enero de 2019 VISTO: El Informe N° 008-2019-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el TFA) que ejerce funciones como última instancia administrativa; Que, el Numeral 10.2 del Artículo 10° de la Ley N° 29325 establece que el TFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución de Consejo Directivo; y, que los vocales del TFA son elegidos, previo concurso público, por Resolución de Consejo Directivo, por un período de cuatro (4) años; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 032-2013-OEFA/CD se aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA (en adelante, RITFA), con el objeto de regular su organización y funciones; Que, los Numerales 17.2 y 17.3 del Artículo 17° del RITFA, establecen que el presidente de la Sala Plena del TFA será designado por el Consejo Directivo por un período de un (1) año, ejerciendo el cargo con exclusividad y no siendo posible la reelección, a fin de garantizar el carácter rotativo de la designación; Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 0202015-OEFA/CD se designó, entre otros, al señor César Abraham Neyra Cruzado (en adelante, el señor Neyra) como Vocal de la Primera Sala Especializada del TFA del OEFA, con efectividad a partir del 4 de mayo de 2015; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 013-2018-OEFA/CD, se dispuso que el señor Neyra ejerza el cargo de Presidente de la Sala Plena del TFA, con efectividad a partir del 20 de abril de 2018, asumiendo exclusivamente las funciones de dicho cargo, según lo dispuesto en el Artículo 17° del RITFA; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 001-2019-OEFA/CD, se dispuso aceptar la renuncia del señor Neyra y declarar la vacancia del cargo de Vocal del TFA, con efectividad a partir del 8 de enero de 2019; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 002-2019-OEFA/CD se designa a los señores Hebert

Eduardo Tassano Velaochaga y César Abraham Neyra Cruzado, como Vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, en el documento de visto se sustenta: (i) la necesidad de modificar el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental a fin de establecer que el Presidente de la Sala Plena puede ejercer dicho cargo por un periodo menor a un año siempre que existan causas debidamente justificadas; (ii) modificar la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera establecida por Resolución de Consejo Directivo N° 016-2017-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 024-2018-OEFA/ CD; y, (iii) designar al Vocal que asumirá las funciones de Presidente de la Sala Plena del TFA, con efectividad a partir del 9 de enero de 2019 y hasta la aprobación del nuevo Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo N° 003-2019, adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 001-2019 del 10 de enero de 2019, el Consejo Directivo aprobó: (i) la modificación del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental; (ii) la modificación de la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera; y, (iii) la designación del Presidente de la Sala Plena del TFA; Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Literal n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el Numeral 17.2 del Artículo 17° del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 032-2013-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 015-2017-OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 17.- Conformación de la Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Ambiental (...) 17.2 El presidente de la Sala Plena será designado por el Consejo Directivo por un período de un (1) año, no siendo posible la reelección, a fin de garantizar el carácter rotativo de la designación. Excepcionalmente, por causas debidamente justificadas el Consejo Directivo podrá designar al Presidente de la Sala Plena por un periodo menor. El Presidente de la Sala Plena tiene voto dirimente en las sesiones de la Sala." Artículo 2°.- Modificar, con efectividad a partir del 9 de enero de 2019, los Artículos 1° y 2° de la Resolución de Consejo Directivo N° 016-2017-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 024-2018-OEFA/ CD, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos: "Artículo 1°.- El Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA cuenta con una (1) Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera, conformada por cuatro (4) Vocales. Artículo 2°.- La Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA estará integrada por los siguientes Vocales: Señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo Señora Carla Lorena Pegorari Rodríguez Señor Marcos Martín Yui Punin Señor Hebert Eduardo Tassano Velaochaga"

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