Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2019 (16/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de enero de 2019 /

El Peruano

Pública, a ser registrados en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales que se encuentra a cargo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo establecido en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, debiendo los órganos y unidades orgánicas del MINAGRI remitir a la OACID la documentación correspondiente, en los plazos señalados en la normativa, bajo responsabilidad. Artículo 5.- Delegación de facultades en los/ las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales Delegar, durante el Ejercicio 2019, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Entidad a su cargo, en los/las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras que se mencionan a continuación: a) Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes Unidad Ejecutora 014. b) Proyecto Especial Jequetepeque Zaña - Unidad Ejecutora 015. c) Proyecto Especial Sierra Centro Sur - Unidad Ejecutora 016. d) Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - Unidad Ejecutora 017. e) Proyecto Especial Binacional Río Putumayo Unidad Ejecutora 018. f) Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - Unidad Ejecutora 019. g) Proyecto Especial Alto Huallaga - Unidad Ejecutora 020. h) Proyecto Especial Pichis Palcazú - Unidad Ejecutora 021. i) Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM - Unidad Ejecutora 022. j) Proyecto Especial Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC Unidad Ejecutora 034. k) Gestión de Proyectos Sectoriales - Unidad Ejecutora 035. l) Fondo Sierra Azul - Unidad Ejecutora 036. Artículo 6.- Delegación de facultades en los/las Directores/as Ejecutivos/as y Jefe/a, según el caso, de los Programas Delegar, durante el Ejercicio 2019, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora a su cargo, en los/las Directores/as Ejecutivos/as y Jefe/a, según el caso, de los Programas que se mencionan a continuación: a) Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) Unidad Ejecutora 006. b) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL) - Unidad Ejecutora 011. c) Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS) - Unidad Ejecutora 012. Artículo 7.- Delegación de facultades a las Unidades Ejecutoras para el manejo de fondos públicos en la modalidad de encargos Delegar, durante el Ejercicio 2019, la facultad del manejo de fondos públicos en la modalidad de encargos, en los/las titulares de los Programas y Proyectos Especiales, y demás Unidades Ejecutoras que no constituyan Pliego. Artículo 8.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 9.- Del Plazo de las delegaciones Las delegaciones y atribuciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2019.

Artículo 10.- Obligaciones de dar cuenta Los Órganos a los que se les delega facultades, deberán informar trimestralmente al Titular de la Entidad los actos que emitan como producto de la presente resolución. Artículo 11.- Notificación Notifíquese la presente Resolución Ministerial a todos los órganos, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego para conocimiento, cumplimiento y difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1731946-2

AMBIENTE
Aprueban Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 003-2019-MINAM Lima, 14 de enero de 2019 VISTOS; el Memorando N° 01557-2018-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00497-2018-MINAM/ SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00010-2019-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, a través de la Resolución Ministerial 130-2018-MINAM de fecha 23 de marzo de 2018, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POl) 2019 del Ministerio del Ambiente; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", con el objetivo de establecer las pautas para Ia elaboración o modificación del Plan Estratégico lnstitucional (PEl) y del Plan Operativo lnstitucional (POl) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, el POI Anual debe ser consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la entidad; Que, con fecha 6 de diciembre de 2018 se publica la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, como consecuencia de la expedición de la referida Ley, con Resolución Ministerial N° 442-2018-MINAM, de fecha 20 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 005 Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, mediante Informe N° 00497-2018-MINAM/SG/ OGPP/OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que los recursos considerados en el POI 2019 del Ministerio del Ambiente, aprobado con Resolución Ministerial N° 130-2018 MINAM, no son consistentes con

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