Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2019 (16/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 16 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (3+2) : US$ 1 115,08 : US$ 2 700,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1731099-1

EDUCACION
Aprueban Norma Técnica denominada "Norma que regula los instrumentos de gestión de las instituciones educativas y programas de educación básica"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 011-2019-MINEDU Lima, 14 de enero de 2019 VISTOS, el Expediente N° 0166007-2018, el Informe N° 00635-2018-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE remitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N° 00028-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 66 de la Ley establece que la institución educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, y que en ella tiene lugar la prestación del servicio; asimismo, señala que la institución educativa tiene como finalidad el logro de los aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes y precisa que el Proyecto Educativo Institucional orienta su gestión y tiene un enfoque inclusivo; Que, por su parte, el literal a) del artículo 68 de la Ley establece que es función de la institución educativa elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su Plan Anual y su Reglamento Interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes; Que, el artículo 127 del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que la institución educativa tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad vigente; Que, el artículo 137 del mencionado Reglamento establece que los instrumentos que orientan la gestión de la institución educativa son el Proyecto Educativo

Institucional, el Proyecto Curricular de la Institución Educativa, el Reglamento Interno y el Plan Anual de Trabajo; Que, mediante el Oficio N° 00771-2018-MINEDU/ VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe N° 00635-2018-MINEDU/ VMGI-DIGC-DIGE, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo que regula los instrumentos de gestión de las instituciones educativas y programas de educación básica; el mismo que tiene como finalidad brindar orientaciones para la elaboración, implementación y evaluación de los instrumentos de gestión de las instituciones educativas y programas de educación básica, con el propósito de orientar su gestión hacia el logro de aprendizajes, el acceso y la permanencia de las y los estudiantes en el sistema educativo, a través del liderazgo pedagógico de sus directivos; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma que regula los instrumentos de gestión de las instituciones educativas y programas de educación básica"; la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Viceministro de Gestión Institucional 1731119-1

ENERGIA Y MINAS
Designan Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2019-MEM/DM Lima, 14 de enero de 2019

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