Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2019 (16/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de enero de 2019 /

El Peruano

pública y concurso público conforme lo establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. i) Aprobar las prestaciones de adicionales de obras de los contratos derivados de los procedimientos de selección de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. j) Autorizar modificaciones convencionales al contrato de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo, siempre que las mismas se encuentren dentro de los supuestos previstos por el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; a excepción de las modificaciones que impliquen la variación del precio. En materia de recursos humanos a) Aprobar y/o formalizar las modificaciones del Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio de Agricultura y Riego de conformidad con la Directiva N° 001-82-INAP-DNP, aprobado por Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, y demás normas que lo regulen. b) Aprobar, modificar o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Diálogo del Ministerio de Agricultura y Riego, con facultades expresas para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de éstas, suscribir cualquier acuerdo e inclusive participar en todos aquellos actos relativos a la etapa de arbitraje, en caso se derive este del procedimiento de negociación colectiva; lo que excluye el ejercicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública, contemplado en el Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 0172008-JUS. c) Conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE del Ministerio de Agricultura y Riego. d) Autorizar los Términos de Referencia y las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial en el Ministerio de Agricultura y Riego. e) Remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado del Ministerio de Agricultura y Riego, conforme a los Lineamientos establecidos sobre la materia. f) Autorizar las acciones de personal, respecto a los encargos de funciones, así como designaciones temporales en lo que corresponda, con excepción de los Directores Generales. g) Suscribir la documentación concerniente al procedimiento para la contratación de consultores del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG, tales como términos de referencia, contrato de locación de servicios, adendas, conformidades de servicios y toda aquella señalada en los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público ­ FAG", regulados en el Decreto Ley N° 25650 y la Resolución Ministerial N° 416-2014-EF/10. En materia de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y Obras por Impuestos a) Solicitar Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION para el desarrollo de los procedimientos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b) Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar los proyectos de inversión pública bajo las modalidades establecidas en la normativa de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuestos. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección de los procedimientos de selección que vayan a ser convocados, así como modificar su composición. d) Suscribir Convenios de Ejecución de Obras, así como las modificaciones y adendas a los mismos.

e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. f) Cancelar los procedimientos de selección. g) Solicitar la emisión del informe previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional, de ser el caso. h) Suscribir, modificar y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la ejecución conjunta o encargo de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, bajo el mecanismo de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuestos. i) Aprobar Directivas, Manuales y/o Lineamientos y sus modificatorias, referidos a Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuesto, conforme a la normatividad vigente. En materia de control simultáneo a cargo de la Contraloría General de la República a) Las facultades contempladas en los literales d) y e), del subnumeral 6.4 del numeral 6 de la Directiva N° 0172016-CG/DPROCAL "Control Simultaneo", aprobada por Resolución de Contraloría N° 432-2016-CG. Artículo 2.- Delegación de facultades en la Oficina General de Administración 2.1 Delegar en el/la Director/a General de Administración, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de su competencia: En materia de contrataciones del Estado a) Efectuar la supervisión y el seguimiento permanente al proceso de planificación, formulación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administración Central, en el marco de las disposiciones que al respecto establezca el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, debiendo informar trimestralmente su ejecución a la Secretaría General. b) Aprobar los expedientes de contratación de todo tipo de procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras. c) Autorizar la participación de expertos independientes en los comités de selección. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección en el marco de lo establecido en la normativa de contrataciones del estado; así como reconformar dichos comités. e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección correspondientes a: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simplificada y Subasta Inversa Electrónica; en el caso de Selección de Consultores Individuales aprobar la solicitud de expresión de interés. Dicha facultad incluye la aprobación de bases o el documento que corresponda en Contrataciones Directas. f) Cancelar total o parcialmente los procedimientos de selección convocados para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras, en el marco de lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado con excepción de las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. g) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y consultorías, hasta el límite previsto en la normativa de Contrataciones del Estado. h) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios, consultorías y obras, hasta el límite previsto en la normativa de Contrataciones del Estado. i) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes, servicios, consultorías y obras. j) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y otros actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la

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