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10 NORMAS LEGALES Jueves 24 de enero de 2019 / El Peruano Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 017-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, al que se re fi ere la Ley N° 30556; Que, el literal b) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 1 685 831 090,00 (MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la sostenibilidad y continuidad de la ejecución de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios y que se encuentran a cargo de dichos pliegos, de acuerdo con el Anexo II de dicha Ley; Que, asimismo, el referido literal autoriza realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos antes mencionados, en el caso de modi fi cación y/o actualización del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, y/o actualización en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de las intervenciones consignadas en el referido Plan, las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC); Que, el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante el O fi cio N° 002- 2019-RCC/DE, solicita la modi fi cación del presupuesto destinado para la Reconstrucción con Cambios para el año 2019, con cargo a los recursos indicados en el tercer considerando de esta norma, a efectos de fi nanciar Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), comprendidas y aprobadas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo a la priorización de recursos que fueron aprobados por el Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios conforme al artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 006-2018; Que, con Informe N° 001-2019-RCC/GPE, el Gerente de Plani fi cación Estratégica de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, señala que la modi fi cación solicitada se sustenta en la actualización en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de las intervenciones consignadas en el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; Que, el párrafo 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del “Formato Único de Reconstrucción” en el Banco de Inversiones; Que, de acuerdo al párrafo 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de fi nanciamiento de las IRI, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme el Memorando N° 005-2019-EF/63.04; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 798 164 809,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con lo establecido en el literal b) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 798 164 809,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 304 555 922,00 --------------------- Sub Total Gobierno Nacional 304 555 922,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 129 048 517,00 --------------------- Sub Total Gobiernos Regionales 129 048 517,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 364 560 370,00 --------------------- Sub Total Gobiernos Locales 364 560 370,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 798 164 809,00 ============ A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central