Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2019 (24/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 24 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a las ciudades de Madrid, Reino de España, del 29 al 30 de enero de 2019; y, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 31 de enero de 2019 al 1 de febrero de 2019. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Clase Económica USD 2,080.00 Viáticos Número por día de días USD 540.00 4 Total viáticos USD 2,160.00

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el "Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) 2019 - 2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 032-2019-TR Lima, 23 de enero de 2019 VISTOS: Los Memorandos Nºs. 044 y 045-2019MTPE/4/9 de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 006-2019-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos, y el Informe N° 172-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658 y modificatorias, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017PCM, se aprobó la "Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción", cuyo objetivo general busca dotar al Estado Peruano de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema que aprovecha la corrupción, que es de cumplimiento obligatorio para las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo; Que, la citada Política Nacional se organiza en tres ejes de intervención, en atención a las etapas de actuación en materia de integridad y lucha contra la corrupción: i) capacidad preventiva del Estado frente a los actos de corrupción, ii) identificación y gestión de riesgos, y iii) capacidad sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción; Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2018PCM, se aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableciéndose en su artículo 2 que las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el precitado Plan Nacional adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en su Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que, mediante Decreto Supremo N°056-2018-PCM, se aprobó la Política General de Gobierno al 2021, siendo el Primero de sus Lineamientos Prioritarios: "Integridad y Lucha contra la Corrupción"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 189-2018-TR se creó el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que entre sus funciones, tiene la de: "Proponer actividades y tareas que puedan ser incorporadas en el Plan Anual de Integridad y Lucha

Nombres y Apellidos

Jorge Eduardo Román Morey

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1734045-1

SALUD
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2019/MINSA Mediante Oficio Nº 197-2019-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 060-2019/MINSA, publicada en la edición del día 21 de enero de 2019. DICE: "Artículo Único.- Designar al licenciado en relaciones laborales Edmundo Luis San Martín Barrientos en el cargo de Director Ejecutivo, (CAP-P 608), Nivel F-4, de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud." DEBE DECIR: "Artículo Único.- Designar al licenciado en relaciones industriales Edmundo Luis San Martín Barrientos en el cargo de Director Ejecutivo, (CAP-P 608), Nivel F-4, de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud." 1734069-1

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