Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2019 (24/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26

NORMAS LEGALES
FAIi TA t i

Jueves 24 de enero de 2019 /

El Peruano

de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos" aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, modificándolo conforme a lo siguiente: "... 9.6.3 La valorización de las Instalaciones Supervisadas y/o Instalaciones Ejecutadas deberán tener en cuenta los lineamientos señalados en el numeral 5.6 y estas se ejecutarán por cada proyecto de instalación de gas natural en concordancia con lo dispuesto en el numeral 6.5. ..." Artículo 5.- Modificar el numeral 10.3 del Artículo 10 del "Procedimiento para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos" aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: "... 10.3 En la liquidación del PQI se tendrán en cuenta las siguientes fórmulas:

j ..."

: Factor de Actualización de la Inversión del año i, calculado en base a la Tasa de Actualización vigente. : Tasa de Actualización de 12%, definida en el Artículo 115° del Reglamento. : Número de años que comprende el periodo regulatorio. : Año en evaluación del periodo regulatorio vigente. Se le asignará el valor 0 al inicio del periodo regulatorio vigente, y los valores inmediatos superiores para los años siguientes de manera correspondiente. : Contador de años del periodo regulatorio vigente.

Artículo 6.- Incorporar el numeral 10.6 al Artículo 10 del "Procedimiento para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos" aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: "... 10.6 En caso que durante el periodo regulatorio hayan tenido lugar reajustes tarifarios por costo medio de la distribución, el Valor Liquidable al inicio del periodo regulatorio siguiente se determinará según se indica a continuación: a) Se determinará el Valor Liquidable, considerando que no hubiere reajustes tarifarios, ello según los numerales que preceden al presente artículo. b) Se determinará la suma de las anualidades correspondiente a las variaciones de instalaciones ejecutadas y que fueron consideradas en la base del reajuste tarifario. En este concepto se incluye únicamente a las anualidades de los años en que estuvo vigente la tarifa reajustada, debidamente actualizadas a la fecha de cálculo de la liquidación del PQI. c) El Valor Liquidable será la diferencia de los valores determinados en los literales precedentes. ..."

VLPR

t i 1

i j 1

aPQI j

FL j 1
i

FAI i

(Fórmula N° 5) (Fórmula N° 6) (Fórmula N° 7)

FL j

FPAj FIE j FIS j

FAIi
Donde: VLPR aPQIj

1 TA

(t i )

FLj FPAj FIEj FISj

: Valor Liquidable actualizado al inicio del periodo regulatorio siguiente. : Anualidad del PQI aprobado del año j, de acuerdo a lo señalado en el numeral 5.6, calculado según la tasa de actualización TA y el periodo de vida útil de la inversión. Artículo 7.- Modificar el Anexo N° 2 del "Procedimiento : Factor de Liquidación del año j. para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de : Factor Ajuste por Variación del Plan Anual las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red del año j. de Ductos" aprobado mediante Resolución N° 299-2015: Factor Ajuste por Variación de Instalaciones OS/CD, conforme a lo siguiente: Ejecutadas del año j. : Factor Ajuste por Variación de Instalaciones Supervisadas del año j. "... Anexo N° 2 Formato de Reporte de Campo

Fecha de reporte: _______________________
Instalaciones o elementos supervisados Código del Proyecto Código VNR en Campo Metrado en Campo(1) Fecha de Puesta en Servicio Proyectada Instalaciones o elementos ejecutados (información VNRGIS) Código VNR Metrado(1) Fecha de Puesta en Servicio

(1) En el caso de gasoductos y/o tuberías de conexión corresponderá a metros, el caso de EPRs, CGs, válvulas u otras obras especiales corresponderá a la cantidad supervisada.

..."

Artículo 8.- Incorporar el Informe Técnico N° 021-2019-GRT y el Informe Legal N° 022-2019- GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 9.- La presente resolución y las modificaciones al procedimiento a que se refiere los artículos precedentes, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y deberán ser publicadas en el diario oficial El Peruano. Del mismo modo deberán ser consignadas, junto con sus respectivos informes en la página Web de Osinergmin: http:// www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2019.aspx. DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN Presidente del Consejo Directivo Osinergmin 1734398-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.