Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2019 (24/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 24 de enero de 2019 / El Peruano de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos” aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, modi fi cándolo conforme a lo siguiente: “… 9.6.3 La valorización de las Instalaciones Supervisadas y/o Instalaciones Ejecutadas deberán tener en cuenta los lineamientos señalados en el numeral 5.6 y estas se ejecutarán por cada proyecto de instalación de gas natural en concordancia con lo dispuesto en el numeral 6.5. …” Artículo 5.- Modi fi car el numeral 10.3 del Artículo 10 del “Procedimiento para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos” aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: “… 10.3 En la liquidación del PQI se tendrán en cuenta las siguientes fórmulas: 111ti PR j j i ijiVL aPQI FL FAI ªº u  u«» ¬¼¦¦ (Fórmula N° 5) jj j jFL FPA FIE FIS u u (Fórmula N° 6) ()1ti iFAI TA  (Fórmula N° 7) Donde: VLPR : Valor Liquidable actualizado al inicio del periodo regulatorio siguiente. aPQIj : Anualidad del PQI aprobado del año j, de acuerdo a lo señalado en el numeral 5.6, calculado según la tasa de actualización TA y el periodo de vida útil de la inversión. FL j : Factor de Liquidación del año j. FPAj : Factor Ajuste por Variación del Plan Anual del año j. FIEj : Factor Ajuste por Variación de Instalaciones Ejecutadas del año j. FISj : Factor Ajuste por Variación de Instalaciones Supervisadas del año j.FAIi : Factor de Actualización de la Inversión del año i, calculado en base a la Tasa de Actualización vigente. TA : Tasa de Actualización de 12%, de fi nida en el Artículo 115° del Reglamento. t : Número de años que comprende el periodo regulatorio. i : Año en evaluación del periodo regulatorio vigente. Se le asignará el valor 0 al inicio del periodo regulatorio vigente, y los valores inmediatos superiores para los años siguientes de manera correspondiente. j : Contador de años del periodo regulatorio vigente. …” Artículo 6.- Incorporar el numeral 10.6 al Artículo 10 del “Procedimiento para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos” aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: “… 10.6 En caso que durante el periodo regulatorio hayan tenido lugar reajustes tarifarios por costo medio de la distribución, el Valor Liquidable al inicio del periodo regulatorio siguiente se determinará según se indica a continuación: a) Se determinará el Valor Liquidable, considerando que no hubiere reajustes tarifarios, ello según los numerales que preceden al presente artículo. b) Se determinará la suma de las anualidades correspondiente a las variaciones de instalaciones ejecutadas y que fueron consideradas en la base del reajuste tarifario. En este concepto se incluye únicamente a las anualidades de los años en que estuvo vigente la tarifa reajustada, debidamente actualizadas a la fecha de cálculo de la liquidación del PQI. c) El Valor Liquidable será la diferencia de los valores determinados en los literales precedentes. …” Artículo 7.- Modi fi car el Anexo N° 2 del “Procedimiento para la Liquidación del Plan Quinquenal de Inversiones de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos” aprobado mediante Resolución N° 299-2015-OS/CD, conforme a lo siguiente: “… Anexo N° 2 Formato de Reporte de Campo Fecha de reporte: _______________________ Código del ProyectoInstalaciones o elementos supervisados Instalaciones o elementos ejecutados (información VNRGIS) Código VNR en CampoMetrado en Campo(1)Fecha de Puesta en Servicio ProyectadaCódigo VNR Metrado(1) Fecha de Puesta en Servicio (1) En el caso de gasoductos y/o tuberías de conexión corresponderá a metros, el caso de EPRs, CGs, válvulas u otras obras espe ciales corresponderá a la cantidad supervisada. …” Artículo 8.- Incorporar el Informe Técnico N° 021-2019-GRT y el Informe Legal N° 022-2019- GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 9.- La presente resolución y las modi fi caciones al procedimiento a que se re fi ere los artículos precedentes, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y deberán ser publicadas en el diario o fi cial El Peruano. Del mismo modo deberán ser consignadas, junto con sus respectivos informes en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2019.aspx. DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN Presidente del Consejo DirectivoOsinergmin 1734398-1