Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2019 (26/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de enero de 2019 /

El Peruano

el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del plazo de la publicación de Edictos Matrimoniales a los contrayentes que participen en el I Matrimonio Civil Comunitario 2019, en concordancia a lo establecido en el artículo 252º del Código Civil. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico, Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FAUSTINO FERNANDO VILCA VARGAS Alcalde (e) 1735110-1

Que, mediante Memorando Nº 017-2019-SGRH-GMMDSJL de fecha 15 de enero de 2019, la Gerencia Municipal, hace mención que mientras dure el proceso de contratación CAS de un abogado para ser designado como Secretario Técnico para apoyo del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San juan de Lurigancho, en el marco de la Ley Nº 33057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se requiere designar de manera temporal un funcionario en funciones de la corporación municipal; Estando a lo expuesto, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR de manera temporal a la abogada RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA, como secretaria técnica encargada de la Secretaría Técnica, quien actuará como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones como Gerente de Asesoría Jurídica de esta corporación edil, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM. Artículo Segundo.- DISPONER a la Secretaría General la notificación de la presente resolución a la servidora designada y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para los fines correspondientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal Web de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe), y a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1734799-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Designan profesional como encargada de la Secretaría Técnica quien actuará como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 057-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 16 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 17-2019-GM/MDSJL de fecha 15 de enero de 2019, de la Gerencia Municipal, respecto a la designación del secretario técnico encargado de la Secretaría Técnica de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº. 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil (en adelante la Ley) tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que presentan servicios en las entidades públicas del Estado, asi como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley, concordante con el artículo 94 del Reglamento General de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, publicado el 13 de junio de 2014 (en adelante el Reglamento), las autoridades de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El secretario técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones, es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informe u opiniones no son vinculantes; lo cual resulta ser concordante con lo dispuesto en el artículo 94º del Decreto Supremo Nº 040-2011-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057;

Dejan sin efecto designación de Secretario Técnico encargado de la Secretaría Técnica, como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 060-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 17 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de enero del 2019 se expidió la Resolución de Alcaldía Nº 057-2019-A/MDSJL de fecha 16 de enero del 2019, designándose de manera temporal a la abogada RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA, como secretaria técnica encargada de la Secretaría Técnica, quien actuará como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones como Gerente de Asesoría Jurídica de esta corporación edil, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, se advierte en la referida Resolución no se mencionó expresamente dejar sin efecto la designación del Secretario Técnico anterior dispuesta mediante Resolución de Alcaldía Nº 1597-2018-A/MDSJL de fecha 29 de noviembre del 2018, siendo necesario realizar la aclaración respectiva; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

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