Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2019 (08/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 8 de febrero de 2019 /

El Peruano

Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Distrital de Acceso a la Justicia de Personas en condiciones de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para el presente año, integrada por los siguientes magistrados y personal administrativo:
MAGISTRADOS Dra. Doris Rodríguez Alarcón Dra. Inés Zúñiga Herrera de Legua Dra. Jenny Soledad Tipacti Rodríguez Dr. Ricardo Moreno Ccancce Dr. Carlos Rodríguez Rosales PERSONAL ADMINISTRATIVO Abog. Maria Nivanet Roca Rodríguez Srta. Leydi Karol Santa Cruz Castañeda Lic. Alexis Reynaldo Mendoza Quevedo CARGO Juez Superior Titular Juez Superior Titular Juez Especializada Penal Juez Especializado Civil Juez Titular de Paz Letrado CARGO Jefa de la Oficina de Administración Distrital Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz Responsable del Área de Imagen y Prensa CONDICIÓN Coordinador Responsable Sub. Coordinadora Integrante Integrante Integrante Integrante CONDICIÓN Integrante Secretaria Técnica Integrante

Dra. Katherine La Rosa Castillo Juez Especializada de Familia

Artículo Segundo.- DISPONER que el Gerente de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, brinde a la Comisión el apoyo que requiera con la finalidad de que se cumpla lo ordenado en la presente resolución. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Comisión de Trabajo del "Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad", Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Distrital de Acceso a la Justicia de Personas en condiciones de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Gerencia de Administración Distrital, Área de Imagen y Prensa de esta Corte Superior de Justicia. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1739160-2

Reconforman el Subcomité de Seguridad y Salud en el trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 49-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, veintinueve de enero de dos mil diecinueve. VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N.º 025-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 18 de enero de 2017, modificado por Resoluciones Administrativas N.os 189-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 20 de abril de 2017; 240-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 19 de mayo de 2017; 480-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 29 de setiembre de 2017; 159-2018-P-CSJV/PJ, de fecha 03 de mayo de 2018; 3392018, de fecha 29 de agosto de 2018; 423-2018-P-CSJV/ PJ, de fecha 10 de octubre de 2018; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante la Ley N.º 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se busca promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, contando para

ello con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Segundo: El artículo 29 de la citada Ley establece que los empleadores con veinte o más trabajadores a su cargo deben constituir un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo (CSST), el cual debe estar conformado en forma paritaria por igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte de los trabajadores; en ese mismo sentido, de acuerdo con los artículos 48 y 49 del Reglamento de la Ley 29783, aprobado por Decreto Supremo N.º 005-2012-TR, el empleador, conforme lo establezca su estructura organizacional y jerárquica, designa a sus representantes entre el personal de dirección y de confianza, siendo que los trabajadores eligen a sus representantes titulares y suplentes mediante votación secreta y directa a través de un proceso electoral a cargo de la organización sindical mayoritaria. Tercero: Bajo ese razonamiento, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial precisa en los artículos 14 y 16 que el Sub Comité en cada Distrito Judicial deberá estar integrado por representantes del empleador (3 titulares y 3 suplentes) y de los trabajadores, elegidos en votación secreta y directa (3 titulares y 3 suplentes). Asimismo, como miembro titular por parte del Poder Judicial podrá ser el Presidente de la Corte Superior de Justicia o su representante. Del mismo modo, el artículo 16 en su literal b) del citado Reglamento señala que el Sub Comité se encontrará también integrado por un representante de la organización sindical mayoritaria, en calidad de observador designado por el Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ventanilla. Cuarto: Por Resolución Administrativa N.º 025-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 18 de enero de 2017, modificado por Resoluciones Administrativas Nos 189-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 20 de abril de 2017; 240-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 19 de mayo de 2017; 480-2017-P-CSJV/PJ, de fecha 29 de setiembre de 2017; 159-2018-P-CSJV/PJ, de fecha 03 de mayo de 2018; 339-2018, de fecha 29 de agosto de 2018; 423-2018-P-CSJV/PJ, de fecha 10 de octubre de 2018, se reconformó el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, señalando como miembros representantes por el Poder Judicial a los siguientes señores miembros titulares: Erwin Maximiliano García Matallana, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; Miguel Ángel Mediana Obregón, Jefe de la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia; Mario Rómulo Yguia Pineda, Jefe de Seguridad Interna; y como miembros suplentes: Ricardo Jonny Moreno Ccancce, Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil de Ventanilla; Luis Enrique Elías Barriga, Supervisor de Seguridad Interna; y Elizabeth Heydi Torres Hinostroza, Encargada del Área de Logística como miembros del precitado Subcomité. Quinto: El Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa de este distrito judicial, y como tal se encuentra facultado para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, dictando las acciones que correspondan con la finalidad de asegurar el normal desarrollo y la debida atención de los órganos jurisdiccionales y administrativos que la conforman. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR el Subcomité de Seguridad y Salud en el trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla señalando como miembros representantes por el Poder Judicial a los siguientes señores:

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