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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2019 (07/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 7 de julio de 2019 El Peruano / Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información, en el marco de sus funciones, la difusión, monitoreo, supervisión, evaluación y conducción de acciones para el cumplimiento del presente Documento Técnico. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1786066-1 Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Atención Integral para la Rehabilitación Oral en Personas Adultas Mayores “Perú Sonríe” 2019 - 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 619-2019/MINSA Lima, 5 de julio del 2019 Visto, los Expedientes N°s 19-033520-001 y 19- 033520-002, que contienen las Notas Informativas N°s 2038-2018-DGIESP/MINSA y 672-2019-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral V de la precitada Ley, modi fi cado por la Quinta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 29973, dispone que es responsabilidad del Estado vigilar, cautelar y atender los problemas de desnutrición y de salud mental de la población, y los de salud ambiental, así como los problemas de salud de la persona con discapacidad, del niño, del adolescente, de la madre y del adulto mayor en situación de abandono social; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la Ley antes señalada, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, entre otros; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública, entre otros, en materia de Salud Bucal; Que, con Resolución Ministerial N° 529-2006/MINSA, se aprueba la NTS Nº 043-MINSA/ DGSP-V.01: “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores”, cuyo objeto es fortalecer las acciones destinadas a la atención integral de salud de las personas adultas mayores, respecto a la promoción, prevención de riesgos, recuperación y rehabilitación del daño, en los establecimientos de salud público y privado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 027-2015/ MINSA, se aprueba la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento del Edentulismo Total”, cuya fi nalidad es reducir los días de discapacidad estomatológica en el paciente edéntulo total, rehabilitando la capacitada masticatoria y la fonética, así como la estética de la sonrisa, ligada a la autoestima, en bene fi cio de la calidad de vida; Que, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto el Documento Técnico: Plan Nacional de Atención Integral para la Rehabilitación Oral en Personas Adultas Mayores “Perú Sonríe” 2019-2022, con la fi nalidad de contribuir en la mejora de la calidad de vida de las personas adultas mayores mediante su abordaje integral de salud y rehabilitación oral, potenciando su rol en la familia y comunidad con el modelamiento conductual de los ejes temáticos alimentación, higiene y habilidades para la vida; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante Informe N° 368-2019-OGAJ/MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decretos Supremos N°s 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan Nacional de Atención Integral para la Rehabilitación Oral en Personas Adultas Mayores “Perú Sonríe” 2019-2022, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1786066-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a AUTOTRONICA KING CAR’S S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, en local ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0150-2019-MTC/17.03 Lima, 5 de junio de 2019