Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2019 (03/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Lunes 3 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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la Feria Fruit Logistica 2020 y la Feria Colombiamoda 2019, ello conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el
Servicio Nombre de la Actividad Lugar Berlín ­ Alemania Medellín ­ Colombia Fecha

ámbito de sus funciones, que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta para las precitadas actividades de promoción de las exportaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2001PCM; el inciso g) y ñ) del artículo 10º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; el inciso g) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR; la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Resolución Ministerial Nº 237-2016-MINCETUR; y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para las siguientes ferias de promoción de las exportaciones:
Modalidad de Participación Área de exhibición en zona común Stand de 6m2 Stand de 9m2 Stand de 6m2 Precio de Venta en S/ Precio de Venta (Inc. IGV) (%UIT) 5 324 15 896 23 825 7 640 126,762 378,476 567,262 181,905

Participación en Ferias Feria Fruit Logistica Internacionales de Exportaciones 2020 Participación en Ferias Feria Colombiamoda Internacionales de Exportaciones 2019

Del 05 al 07 de febrero de 2020 Del 22 al 25 de julio de 2019

Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Trasparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Gerente General 1775200-1 jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Resolución Nº 110-2018-OSCE/PRE, se designó a la señora Gladys Milena Patiño Vidal en el cargo de confianza de Jefa de la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE; Que, se estima pertinente dar por concluida la designación a que se hace referencia en el considerando precedente, y designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina de Administración, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, y del Jefe (s) de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 3 de junio de 2019, la designación de la señora Gladys Milena Patiño Vidal como Jefa de la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan Jefa de la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización
RESOLUCIÓN Nº 102-2019-OSCE/PRE Jesús María, 30 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorando Nº D000349-2019-OSCE-OAD de la Oficina de Administración y el Informe Nº D000149-2019OSCE-UREH de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería

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