Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2019 (03/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 3 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia, procede emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al señor abogado HELARD PAUL BECERRA CORONADO, notario del distrito de Pisco, provincia de Pisco, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Ica y al interesado para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1775149-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0216-2019-JUS Lima, 31 de mayo de 2019 VISTOS, el Informe N° 088-2019-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Oficio N° 1146-2019-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y el informe N° 549-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral, y supervisión de las Fundaciones; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del mencionado Decreto Legislativo, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado calificador; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2008-JUS y normas conexas; el 27 de marzo de 2019, conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial del Callao N° 001-2018-CNDNC convocado por el Colegio de Notarios del Callao, al haberse cumplido con las diferentes fases del referido concurso público, el señor abogado JOSE CIRO RAMIREZ ENRIQUEZ ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Callao, provincia constitucional del Callao, Distrito Notarial del Callao; Que, en consecuencia, procede emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado,

modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al señor abogado JOSE CIRO RAMIREZ ENRIQUEZ, notario del distrito del Callao, provincia constitucional del Callao, Distrito Notarial del Callao, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios del Callao y al interesado para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1775149-4

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional"
DECRETO SUPREMO N° 022-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al `Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional' fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota ARES (2018) 5643936 de la Delegación de la Unión Europea, del 30 de octubre de 2018; y, Nota RE (APC) N° 7-10-B/006 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, del 26 de diciembre de 2018; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al `Desarrollo económico sostenible y promoción de las PYMEs a nivel subnacional' formalizado mediante intercambio de Notas, Nota ARES (2018) 5643936 de la Delegación de la Unión Europea, del 30 de octubre de 2018; y, Nota RE (APC) N° 7-10-B/006 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, del 26 de diciembre de 2018. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Addendum, así como la fecha de entrada en vigencia.

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