Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de junio de 2019 /

El Peruano

de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego; Que asimismo, el artículo 20 de la citada Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que mediante la Resolución de Contraloría Nº 1052019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo en el cual está incluido los procesos electorales "Elecciones Municipales" y "Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017"; Que a través del Oficio Nº 000923-2019-CG/DC de fecha 20MAY2019, el Contralor General de la República solicita al Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, efectuar una transferencia financiera a su favor por la suma total de S/ 24,99999 (Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve y 99/100 soles), a fin de financiar la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de revisar las labores de control posterior externo a los procesos electorales "Elecciones Municipales" y "Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017"; Que en ese contexto, mediante el documento de vistos la Gerencia de Administración solicita la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, que se encargará de revisar las labores de control posterior externo a los procesos electorales "Elecciones Municipales" y "Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017"; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con recursos presupuestarios por un monto ascendente a S/ 24,999.99 (Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve y 99/100 soles), en la especifica de gasto "2.4.1.3.1.1 Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, destinados a financiar la contratación de una Sociedad de Auditoría"; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, que se encargará de revisar las labores de control posterior externo a los procesos electorales "Elecciones Municipales" y "Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017"; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía, toda vez que su contenido proporciona información relativa y es de interés para los usuarios que presta la Administración Pública; Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y, de

conformidad a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 0732016-JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, por la suma total de S/ 24,999.99 (Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve y 99/100 soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de acuerdo al siguiente detalle:
Categoría Presupuestal Producto Actividad Especifica de Gasto S/ : 9001. Acciones Centrales : 3999999. Sin Producto : 5000003. Gestión Administrativa : 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional : 24.999,99

Fuente de Financiamiento : RDR

Artículo Tercero.- Limitación al uso de los Recursos. Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (www.reniec.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1775583-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018 - 2022 de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2019-MDJM Jesús María, 28 de mayo del 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA.

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