Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Martes 4 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

33

CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite el Informe N° 042-2019-GA-UETICPP-PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la citada Unidad, relacionado a la propuesta de Proyecto de Fortalecimiento de Mobiliario del Módulo Penal y Salas de Audiencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, para su evaluación y aprobación. Segundo. Que, el citado informe señala que el Poder Judicial desde el año 2011 es parte integrante del Programa Presupuestal 0086 ¨Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal¨, de corte multisectorial conjuntamente con el Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio del Interior, el mismo que es una modalidad de ejecución presupuestal bajo un enfoque de Presupuesto por Resultados (PpR), y tiene como finalidad la mejora del Estado de Derecho en relación a las personas naturales y jurídicas; así como brindar un eficiente y oportuno servicio del sistema de justicia penal, lo que se constituye en una estrategia de Gestión Pública que vincula la asignación de recursos del Estado a productos y resultados medibles, a favor de la población. Tercero. Que mediante la Resolución Administrativa N° 068-2019-CE-PJ, de fecha 9 de febrero de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan Anual de Acciones de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal 2019 - versión 2.0". Cuarto. Que la referida Unidad Técnica dentro de sus funciones, considera prioritario dar cumplimiento a las acciones de seguimiento y evaluación del proceso de implementación de la reforma procesal penal, en concordancia con los lineamientos del Programa Presupuestal 0086 "Mejora de los Sistemas de Justicia Penal", cuya finalidad es, además, la optimización de recursos destinados al sistema de justicia penal. Es por ello que se viene realizando esfuerzos que coadyuven al desarrollo integral del sistema de justicia penal, de sus órganos jurisdiccionales y sus operadores, estableciendo una ruta intersectorial para una gestión efectiva respecto al Código Procesal Penal. Quinto. Que del proceso de implementación progresiva del Código Procesal Penal se advierte que en el transcurso del tiempo se ha dispuesto la creación, conversión y reubicación de diversos órganos jurisdiccionales; sin embargo, durante este tiempo no se ha procedido a realizar la renovación de equipo mobiliario que permita una atención célere conforme a los principios que sigue la norma procesal. Situación que se ha advertido de las diferentes visitas de trabajo de monitoreo realizadas por la mencionada Unidad Técnica, y de los requerimientos de renovación de mobiliario que formulan las Cortes Superiores de Justicia del país. Sexto. Que la Gestoría Administrativa de la referida Unidad ha formulado un análisis de las necesidades de equipos mobiliarios en las Cortes Superiores de Justicia del país, en coordinación con los Administradores del Código Procesal Penal de los Distritos Judiciales a nivel nacional (excepto Lima Metropolitana, Callao y Ventanilla), con el fin de consultar sus requerimientos en relación al equipamiento de las Salas de Audiencias y el Módulo Penal, haciendo hincapié que dichos requerimientos deberían ser priorizados de acuerdo al estado del bien, atendiéndose únicamente los que presenten condición de estado crítico. Sétimo. Que, el equipamiento y mobiliario de las Salas de Audiencias en los Distritos Judiciales, se ha realizado por primera y única vez en la fecha de implementación del Código Procesal Penal, es decir, hace un lapso considerable, en algunos casos hace más de 13 años. A la fecha dichos bienes se encuentran en estado defectuoso por el tiempo de uso y muchos de estos sobrepasaron su tiempo de vida útil. Octavo. Que, siendo así, se advierte la necesidad de renovar el equipamiento y mobiliario de las Salas de Audiencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, por lo que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal viene planteando el desarrollo del Proyecto de Fortalecimiento del Módulo Penal, mediante la renovación del mobiliario que se encuentre en estado crítico, con el objetivo de brindar las mejores condiciones de confort a magistrados y personal jurisdiccional que laboran en las Salas de Audiencias de

las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional; así como para abogados y público usuario. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 653-2019 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Moran, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ejecución del "Proyecto de Fortalecimiento de Mobiliario para el Módulo Penal y Salas de Audiencias de las Cortes Superiores de Justicia a Nivel Nacional". Artículo Segundo.- Disponer que las Presidencias y las Gerencias de Administración Distrital de las Cortes Superiores de Justicia materia del proyecto aprobado; así como la Gerencia General del Poder Judicial, y las áreas involucradas adopten las medidas administrativas necesarias a fin de coadyuvar a la ejecución del proyecto en mención. Asimismo, se disponga la trasferencia del presupuesto a las respectivas unidades ejecutoras o metas de las Cortes Superiores de Justicia, conforme a la desagregación formulada por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- El plazo de implementación del "Proyecto de Fortalecimiento de Mobiliario para el Módulo Penal y Salas de Audiencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional" será de 90 días, desde la aprobación de la resolución administrativa que disponga su ejecución; debiendo los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia beneficiadas, informar al término del plazo establecido. Artículo Cuarto.- Oficiar al Órgano de Control Institucional, para que supervise las compras que efectúen las Unidades Ejecutoras respectivas. Artículo Quinto.- Disponer que los bienes muebles que se den de baja se entreguen a los Juzgados de Paz de los respectivos Distritos Judiciales; previo informe de conformidad de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia materia del proyecto aprobado; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1775535-8

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la realización del Turno Penal Extraordinario en diversas sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 599-2019-P-CSJLIMANORTE/PJ Independencia, 31 de mayo de 2019 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 288-2016-CEPJ del (27/12/2016), La Resolución Administrativa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.