Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2019 (04/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 4 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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266-2010-CE-PJ del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente la propuesta presentada. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con el informe de la señora Consejera Tello Gilardi; y en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Las Pirias, con competencia en el Centro Poblado Las Pirias (sede) y los Caseríos Los Cuyes, Lambayeque, La Tranca, Indoamérica y Alto Pirias; Distrito de Chirinos, Provincia de San Ignacio, Región de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Los límites geográficos de los órganos jurisdiccionales materia de creación son los aparecen descritos en los informes del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1775535-1 PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 043-2019-P-CE-PJ Lima, 28 de mayo de 2019 VISTO: El Oficio Nº 1673-2018-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, respecto a la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Antonio de Matipacana, Distrito de Yauli, Provincia, Región y Distrito Judicial de Huancavelica. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el oficio cursado por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena mediante el cual hace de conocimiento que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de la Huancavelica propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Antonio de Matipacana, Distrito de Yauli, Provincia y Región de Huancavelica. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz. Por lo que, encontrándose acreditado que la población de las referidas localidades requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente la propuesta presentada. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con el informe de la señora Consejera Janet Tello Gilardi; y en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado San Antonio de Matipacana, con competencia territorial en el Centro Poblado San Antonio de Matipacana (sede), y los Barrios Huayllapampa, Huaychaurumi, Accoccasa, Muyucancha, Pucaccocha, Talabrayocc y Manzanayocc; Distrito de Yauli, Provincia, Región y Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- Los límites geográficos de los órganos jurisdiccionales materia de creación son los aparecen descritos en los informes del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1775535-2 PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 044-2019-P-CE-PJ Lima, 28 de mayo de 2019 VISTO: El Oficio Nº 1770-2018-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, respecto a la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Vilcabamba, Distrito de San Martín de Pangoa, Provincia de Satipo, Región de Junín, Distrito Judicial de la Selva Central. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el oficio cursado por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena mediante el cual hace de conocimiento que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Vilcabamba,

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