Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2019 (09/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de junio de 2019 /

El Peruano

de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2019-VMPCIC-MC ­ Delegan facultades en diversos funcionarios referentes a procedimientos de determinación de la protección provisional de bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional de la Zona Arqueológica Monumental "Huaca Santa Martha" ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima. De acuerdo al Plano: PP 026-MC-DGPA-DSFL-2019 WGS84, presenta las siguientes coordenadas:
ZONA ARQUEOLÓGICA MONUMENTAL HUACA SANTA MARTHA VERTICE LADO DISTANCIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-19 19-20 20-21 21-22 22-23 23-24 24-25 25-26 26-27 27-1 26.46 21.17 29.48 48.91 64.38 78.50 106.91 165.36 73.76 19.12 53.02 116.84 161.41 92.33 62.36 54.34 92.37 94.46 117.85 56.02 35.16 34.87 92.35 29.94 27.95 50.27 63.77 1869.36 ANG. INTERNO 96°17'47" 231°54'35" 194°12'53" 131°34'48" 157°20'29" 174°51'38" 194°16'49" 165°27'59" 113°5'22" 256°56'49" 108°49'26" 160°41'40" 138°40'15" 157°47'44" 129°22'31" 144°47'24" 130°43'16" 272°20'18" 252°21'30" 85°25'59" 145°26'36" 156°25'22" 242°53'54" 224°29'53" 104°30'19" 154°15'47" 174°58'56" 4499°59'59" 4500°00'00" -00°00'01" ESTE (X) NORTE (Y)

347235.8557 8560145.4240 347256.9016 8560129.3853 347277.3914 8560134.7222 347303.2197 8560148.9296 347349.2929 8560132.5182 347396.9392 8560089.2171 347450.0676 8560031.4319 347539.6028 8559973.0118 347650.9808 8559850.7917 347620.3114 8559783.7048 347635.4556 8559772.0334 347618.3708 8559721.8388 347546.2717 8559629.8959 347387.5994 8559600.2925 347297.1660 8559618.9157 347268.1398 8559674.1114 347275.2055 8559727.9904 347352.4515 8559778.6351 347297.4821 8559855.4484 347185.3647 8559819.1343 347172.4001 8559873.6385 347185.1001 8559906.4205 347209.6535 8559931.1855 347180.8933 8560018.9480 347154.3026 8560032.7064 347160.5203 8560059.9585 347191.8735 8560099.2492

como la delimitación física del Monumento Arqueológico Prehispánico". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo de la presente resolución; así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "EL Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad distrital de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima; a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 0112006-ED. Artículo Sétimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2018-DFA/DCS/DGDP/ VMPCIC/MC, el Informe N° D00002-2019-DSFL-MGC/ MC, Informe N° D000017-2019-DSFL/MC, Informe Nº 011-2019-OVM/DGPA/VMPCIC/MC y el Plano: PP 026-MC-DGPA-DSFL-2019 WGS84, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LYDA CASAS SALAZAR Directora General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1777470-1

Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Complejo Úcupe - Chaquiras/Cerro Purulén, ubicado en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 225-2019/DGPA/VMPCIC/MC Lima, 6 de junio de 2019 VISTOS, el Informe de Inspección N° 03-2019-DDCLAMBAYEQUE-MC, el Informe N° D000007-2019-DSFLMMP/MC, Informe N° D000044-2019-DSFL/MC e Informe Nº 010-2019-OVM/DGPA/VMPCIC/MC; en razón de los cuales se sustentó la viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Complejo Úcupe-Chaquiras/Cerro Purulén ubicado en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 21° de la Constitución Política del Estado, "... Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. (...)..."; Que, en los Artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la

TOTAL

Suma de Ángulos (real) = Error acumulado =

Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2018-DFA/DCS/ DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° D00002-2019DSFL-MGC/MC e Informe N° D000017-2019-DSFL/MC y en el Plano: PP 026-MC-DGPA-DSFL-2019 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER, como medidas provisionales, en la poligonal especificada en el artículo precedente, para la protección de la Zona Arqueológica Monumental "Huaca Santa Martha" ubicado en el distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima: "La paralización de obras al interior del sitio; así como el retiro de las edificaciones precarias existentes; así

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