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18 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2019 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Asesor II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2019-PCM Lima, 12 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es necesario designar a el/la funcionario/a que desempeñará el citado cargo, debiendo expedirse el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor WILLY ARTURO OLIVERA ABSI, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1778760-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Designan servidores encargados de la gestión de los Activos Críticos Nacionales - ACN del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2019-MINAGRI Lima, 10 de junio de 2019VISTOS: El O fi cio N° 0108-2019-MINAGRI-SENASA del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA y, el Informe Legal N° 398-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 106-2017- PCM, se aprobó el “Reglamento para la Identi fi cación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales – ACN”, con el objeto de regular la gestión de los Activos Críticos Nacionales - ACN, estableciendo el procedimiento para su identi fi cación, evaluación y gestión de riesgos, así como las acciones a realizar por los sectores responsables; a fi n de gestionar la seguridad de los ACN garantizando la intangibilidad o continuidad de sus operaciones, considerando que se tratan de bienes jurídicos protegidos que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales; Que, el numeral 3.4 del artículo 3 del referido Reglamento, establece que los Activos Críticos Nacionales comprende aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales, o que están destinados a cumplir dicho fi n; agregando el referido numeral que la afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación; Que, de conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, los sectores responsables, mediante resolución de su titular, designan a los funcionarios encargados de la gestión de sus ACN, debiendo comunicarse esta designación a la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI de la Presidencia de Consejo de Ministros; Que, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, que tiene como objetivos estratégicos, entre otros, reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la producción agraria; proteger el patrimonio agro sanitario del ingreso o dispersión de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia económica; y, velar por la calidad sanitaria y contribuir a la inocuidad agroalimentaria; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0491-2017- MINAGRI publicada en el diario o fi cial El Peruano el 8 de diciembre de 2017, se designó a los señores César Augusto De La Cruz Lezcano, Secretario Técnico y, Gabriel Amilcar Vizcarra Castillo, Asesor de la Alta Dirección, ambos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, como encargados de la gestión de los ACN del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante O fi cio N° 0108-2019-MINAGRI- SENASA complementado a través del correo electrónico de fecha 29 de mayo de 2019, el Jefe del SENASA propone al Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias la actualización de la mencionada designación; Que, en ese sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial que designe a los encargados de la gestión de los ACN del Ministerio de Agricultura y Riego; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modi fi cado por Ley N° 30048; el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 106-2017-PCM, que aprueba el Reglamento para la Identi fi cación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales; y, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a los servidores encargados de la gestión de los Activos Críticos Nacionales – ACN del Ministerio de Agricultura y Riego, conforme al detalle siguiente: a) Titular : Raúl Martín Príncipe Venegas, Secretario Técnico del SENASA. b) Alterno : Ethel Humberto Reyes Cervantes, Director (e) de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria del SENASA. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0491-2017-MINAGRI. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los servidores designados en el artículo 1 y a la Dirección Nacional de Inteligencia de la Presidencia de Consejo de Ministros. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1778095-1