Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Jueves 13 de junio de 2019 /

El Peruano

2019, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 154-2018-INACAL/PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2019 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Asimismo, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 1052019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar el control posterior externo; Que, mediante Oficio N° 000387-2019-CG/SGE, la Contraloría General solicita que el INACAL proceda a efectuar la transferencia financiera por un monto de S/ 51 164,82 (Cincuenta y Un Mil Ciento Sesenta y Cuatro y 82/100 soles) para atender el 100% de la retribución económica (incluido IGV) de la sociedad de auditoría que previo concurso público de méritos sea designada para el periodo auditado 2018; Que, mediante Memorando N° 170-2019-INACAL/ OA, la Oficina de Administración traslada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el Informe N° 010-2019-INACAL/OA-CNT del Equipo Funcional de Contabilidad, que recomienda proceder con el trámite de aprobación de transferencia financiera por un monto de S/ 51 164,82 soles (Cincuenta y Un Mil Ciento Sesenta y Cuatro y 82/100 soles), mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificada por la Ley N° 30742; Que, mediante Informe N° 081-2019-INACAL/OPP y Memorando N° 443-2019-INACAL/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con recursos presupuestarios por un monto ascendente a S/ 51 164,82 (Cincuenta y Un Mil Ciento Sesenta y Cuatro y 82/100 soles) para atender la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 a otras unidades de Gobierno Nacional, por lo que emite la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001181 en el marco del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y su modificatoria; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y la Resolución de Contraloría N° 105-2019-CG;

Artículo 1.- Transferencia a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, Unidad Ejecutora 001: Administración - INACAL (1632), hasta por la suma de S/ 51 164,82 (Cincuenta y Un Mil Ciento Sesenta y Cuatro y 82/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; correspondiente al pago del 100% de la retribución económica que incluye el IGV, para la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Calidad, por el periodo auditado 2018. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente resolución se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, Unidad Ejecutora 001: Administración ­ INACAL, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Administración, para la ejecución de las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1778517-1

Disponen la publicación en el portal institucional del SANIPES del proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba la "Norma para la Sanidad, Certificación y Registro Sanitario de los Recursos y Productos Hidrobiológicos, Alimentos y Productos Veterinarios de Uso en Acuicultura"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 055-2019-SANIPES/PE Surquillo, 11 de junio de 2019 VISTOS: El Informe Nº 850-2019-SANIPES/ DHCPA-SDCPA del 6 de junio de 2019, de la Subdirección de Certificaciones Pesqueras y Acuícolas, el Informe Técnico Nº 062-2019-DSNPA/SDNPASDSNA del 6 de junio del 2019 de la Subdirección de Normatividad Sanitaria Pesquera y Acuícola y la

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