Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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El Peruano / Jueves 13 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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de colaboradores. Algunos de ellos, al independizarse, optaron por ciertas características muy singulares, gracias a la práctica intensa y la competitividad del medio. Una primera hornada de estos discípulos fueron Isaac Baldeón, Benjamín Antay, Saturnina Baldeón y Asunta Baldeón. Una segunda promoción de retablistas fueron Gregoria Jiménez, Daniel Castro y Joaquín López Antay, quien sería nieto de don Esteban Antay, alcanzando gran trascendencia. Más adelante, Gregoria Jiménez, generó los talleres de Baldeón-Jiménez y Núñez-Jiménez; Que, en la década de 1960 la obra de don Joaquín López Antay comenzó a ser valorada y exhibida en numerosas exposiciones en Ayacucho y Lima, gracias también al fomento de las artes populares y a la aparición de galerías de arte tradicional en la capital. Se había incrementado también el público consumidor, tanto a escala nacional como internacional. Ante tal florecimiento, el maestro Joaquín López Antay enseñó el oficio a sus hijos Mardonio e Ignacio, quienes a su vez transmitieron los conocimientos a los suyos, es decir a los nietos, siendo Alfredo López Morales quien alcanzó reconocimiento nacional e internacional. Asimismo, paralelamente al éxito de don Joaquín López, crecen también otros maestros retablistas, como su discípulo Jesús Urbano Rojas, quien enriqueció el repertorio de temas gracias a su peregrinaje como arriero, lo que le valió más adelante publicar un libro con el historiador Pablo Macera y ser reconocido como Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. De igual manera, su hermano Julio Urbano Rojas goza de gran reconocimiento y ha sido reconocido como Gran Maestro de la Artesanía Peruana. Además, se reconoce la figura de Florentino Jiménez Toma, quien habría aprendido el oficio con Mardonio López, hijo de don Joaquín, cuya obra descolló gracias a la innovación al presentar temas históricos nacionales y temas desgarradores relacionados a las dos décadas de violencia interna (1980-1990). Florentino Jiménez a su vez enseñó el oficio a todos sus hijos, entre los que destacan Nicario y Edilberto, que con el tiempo han logrado ocupar un lugar preferente en la producción del retablo y su difusión internacional; Que, el reconocimiento oficial del maestro Joaquín López Antay por el Instituto Nacional de Cultura (actualmente, Ministerio de Cultura) a través de la entrega del Premio Nacional de Fomento a la Cultura Ignacio Merino, otorgado el 7 enero de 1976, potenció el valor del retablo como obra de arte y generó una polémica entre el arte popular y el arte culto, polémica que se resolvió con la consideración de que había que tener en cuenta que la distinción entre lo popular y lo culto no obedece a ninguna diferenciación estética sino a contradicciones de clases sociales y sus implicancias con el posicionamiento del mercado del arte. Desde entonces la figura de don Joaquín López Antay constituye un símbolo emblemático del arte tradicional peruano; Que, en la actualidad, se ha incrementado el número de maestros retablistas en la provincia de Huamanga, cuna de retablistas contemporáneos, tales como el maestro Silvestre Ataucusi Flores, quien aprendió con Florentino Jiménez y con Mardonio López, cuya técnica destaca por la propuesta de un formato carrusel; sigue sus pasos el joven Edner Ataucusi Moisés y la maestra Benjamina Ramos Soto, quien se ha consolidado en el oficio gracias a las enseñanzas de su maestro Sabino Ochoa Ramos. También, cabe señalar a algunos otros insignes retablistas contemporáneos como Nino Blanco Bautista, quien se caracteriza por desarrollar temas testimoniales, por variar los formatos de sus cajas e innovar técnicas de producción; el maestro Luis Rey Quispe Flores quien destaca por el nivel de detalle en sus escenas costumbristas; Edwin Pizarro Lozano, discípulo de Florentino Jiménez, quien se considera el innovador de los macro-retablos, con múltiples niveles. Éstos y otros maestros están desarrollando con pulcritud creativa el arte de la imaginería y se observa que todos ellos cuentan con talleres bien organizados, implementados con herramientas tradicionales y modernas y, como se advierte de las entrevistas realizadas, se han formado por transmisión tradicional dentro de grupos familiares, de maestro a discípulo y se están transmitiendo estos conocimientos a jóvenes aprendices. Cabe destacar

que, muchos de los maestros retablistas cuentan con un mercado en el exterior y participan regularmente en exposiciones en diversos países de América y Europa; Que, en el Informe Nº D000032-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de los conocimientos, las técnicas y la iconografía asociados a la producción del Retablo Ayacuchano, del departamento de Ayacucho; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, las técnicas y la iconografía asociados a la producción del Retablo Ayacuchano, del departamento de Ayacucho, por la transcendental trayectoria histórica y artística del Retablo Ayacuchano, la originalidad y vigencia de su sistema de producción en el que destaca la fusión del modelado escultórico y la armonía pictórica, así como por la creatividad de sus portadores que se encuentra en continua interacción con su entorno, lo cual es producto de un singular proceso desarrollado en los periodos virreinal y republicano, que es símbolo de la identidad ayacuchana y del arte tradicional peruano. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe Nº D000032-2019-DPI/MC. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe Nº D000032-2019-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho y a la Dirección General de Artesanía del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1778234-1

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