Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 13 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

27

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia, Categoría F-3, de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único. Designar al señor Paul David Agreda Zamudio, en el cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia, Categoría F-3, de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1777991-1

Nº 054-2018-PCM, señala que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado de naturaleza temporal, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; y, se extinguen automáticamente concluido su período de vigencia; Que, para efectos de la formulación e implementación del Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario crear un Grupo de Trabajo, conformado por representantes de los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas y de cada uno de los organismos públicos adscritos y entidades vinculadas al Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014EF; SE RESUELVE: Artículo 1. Creación y conformación 1.1 Créase el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual estará integrado por los siguientes miembros: a) El/la Jefe(a) del Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo presidirá. b) El/la Secretaria General del MEF. c) El/la Viceministro(a) de Hacienda. d) El/la Viceministro(a) de Economía. e) El/la Director(a) General de la Oficina General de Administración. f) El/la Director(a) General de la Oficina General de Presupuesto y Planificación. g) El/la Director(a) General de Oficina General de Tecnologías de la Información. h) El/la Director(a) de la Oficina de Comunicaciones. i) El/la Secretario(a) Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT. j) E/la Secretario(a) General de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV. k) El/la Secretario(a) General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. l) El/la Gerente(a) General del Banco de la Nación. m) El/la Gerente(a) General de la Oficina de Normalización Previsional ­ ONP. n) El/la Gerente(a) General de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS. o) El/la Secretario(a) General de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSION. p) El/la Director(a) Ejecutivo(a) de Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE. 1.2 Los miembros del Grupo de Trabajo pueden contar con un representante alterno, el cual se designa mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la vigencia de la presente Resolución Ministerial. 1.3 En el caso del/de la Viceministro(a) de Hacienda y del/de la Viceministro(a) de Economía, su representante alterno debe ser el/la Secretario(a) Ejecutivo(a) del respectivo Despacho Viceministerial. 1.4 Los miembros del Grupo de Trabajo ejercen su cargo ad honorem. Artículo 2. Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

Crean Grupo de Trabajo con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2019-EF/10 Lima, 10 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio de 2021 se conmemora el Bicentenario de la Declaración de la Independencia del Perú, por lo que resulta necesario formular y ejecutar acciones para la generación de iniciativas que refuercen su significado histórico, y coadyuven a su celebración; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-MC se crea el proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y ejecutar, articular, y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2018-MC aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; asimismo, se establece que la citada agenda tiene naturaleza dinámica, producto de lo cual la misma puede ser actualizada mediante decreto supremo, previa aprobación del Consejo de Ministros; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas conmemora el 3 de agosto de 2021 el Bicentenario de su creación mediante decreto de Don José de San Martín; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.