Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de junio de 2019 /

El Peruano

referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para participar en la Quincuagésima-novena Conferencia de Jefes de Fuerzas Aéreas Americanas (LIX CONJEFAMER), que se realizará en la ciudad de San Salvador ­ República de El Salvador, del 17 al 22 de junio de 2019; así como, su salida del país el 16 de junio de 2019 y retorno el 23 de junio de 2019: General del Aire NSA: O-9381278 Coronel FAP NSA: O-9541686 Comandante FAP NSA: O-9659496 RODOLFO GARCIA ESQUERRE DNI: 43314180 CESAR ANTONIO VASSALLO OJEA DNI: 10426137 MARCO AURELIO CACERES MASCARO DNI: 43306985

Autorizan viaje de oficial subalterno para que participe en la misión Promesa Continua 2019 a bordo del Buque Hospital USNS COMFORT (T-AH20) de la Marina de los Estados Unidos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0732-2019 DE/MGP Lima, 11 de junio de 2019 Vista, la Carta G.500-2945 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 10 de junio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 18 de mayo del 2019, el Comandante de la Cuarta Flota del Comando Sur de los Estados Unidos de América ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que un (1) Oficial Subalterno participe en la misión PROMESA CONTINUA 2019, a bordo del Buque Hospital USNS COMFORT (T-AH20) de la Marina de los Estados Unidos de América, a realizarse en la Ciudad de Norfolk, Estados Unidos de América, del 14 de junio al 18 de noviembre del 2019; Que, con Oficio P.200-890 de fecha 5 de junio del 2019, el Comandante General de Operaciones del Pacífico, propone al Teniente Segundo Guillermo Rolando VALDERRAMA Jasaui, para que participe en la misión PROMESA CONTINUA 2019, a bordo del Buque Hospital USNS COMFORT (T-AH20) de la Marina de los Estados Unidos, quien de acuerdo con el itinerario previsto, deberá embarcarse en el Puerto de Norfolk, Estados Unidos de América, el 14 de junio del 2019, con escala en el Puerto de Manta, República del Ecuador, arribando al Puerto del Callao, República del Perú, el 6 de julio del 2019; Que, de acuerdo con el Documento Nº 129-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el Inciso a) del Artículo 10 y Artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ San Salvador (El Salvador) - Lima: US $ 997.65 X 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,992.95 Viáticos US $ 315.00 X 06 días X 03 personas Total a Pagar = US $ 5,670.00 ---------------------= US $ 8,662.95

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1778708-1

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