Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2019 (15/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de junio de 2019 /

El Peruano

de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado Cadete Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8.- El citado Cadete Naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1779501-1

Autorizan viaje de cadete FAP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0749-2019 DE/FAPLima, 13 de junio de 2019 Visto, el Oficio NC-50-3-DEFO-N° 0624 de fecha 06 de mayo de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta U-158-19 de fecha 10 de abril de 2019, el Agregado Aéreo Coronel USAF DAVID A. SCHILLING, informa que el Cadete FAP JESUS ALEXANDER DIAZ ORMEÑO ha sido seleccionado para formar parte de la Promoción 2023, en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos (USAFA); asimismo, la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América asumirá el costo de los pasajes aéreos, de alimentación y alojamiento del personal designado para participar en la referida actividad; Que, mediante el Oficio NC-50-3-EODP-N° 0486 de fecha 03 de mayo de 2019, el Director de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al Cadete de 1er año FAP JESUS ALEXANDER DIAZ ORMEÑO, para participar en el Curso Regular de Formación de Oficial Aviador en la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos (USAFA) Promoción 2023, ubicada en la ciudad de Colorado Spring - Estado de Colorado ­ Estados Unidos de América, del 20 de junio de 2019 al 30 de junio de 2023; Que, mediante el Oficio NC-50-3-DEFO-N° 0624 de fecha 06 de mayo de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, remite el expediente administrativo indicando las condiciones asumidas por el programa de la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Planes de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-3-EODP-N° 0486 de fecha 03 de mayo de 2019, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete de 1er año FAP JESUS ALEXANDER DIAZ ORMEÑO, por cuanto permitirá conocer la cultura, costumbres y forma de pensar del personal militar de un país tan importante y desarrollado como los Estados Unidos de América, pudiendo así incrementar el acervo profesional en la carrera de los futuros Oficiales de la Fuerza del Perú, logrando así obtener y brindar nuevas ideas para un mejor futuro institucional;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales remitido por la Fuerza Aérea de los Estados Unidos América, con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento y para ser recibido por la familia designada por la USAFA, que estará encargada de su cuidado durante su permanencia en ese país; asimismo estos días previos le servirán para instalarse y adaptarse en las instalaciones donde residirá, resulta necesario autorizar su salida del país con tres (03) días de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América asumirá el costo de los pasajes aéreos, los gastos de alimentación y hospedaje del personal designado durante el periodo comprendido del 20 de junio de 2019 al 30 de junio de 2023; por lo cual, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, corresponde se le otorgue el pago del 20% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero para cubrir el gasto de traslado local o movilidad interna utilizada en el desplazamiento del lugar en donde residirá hacia la Academia de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, ubicada en la ciudad de Colorado Spring - Estado de Colorado ­ Estados Unidos de América, en que realizará la comisión por misión de estudios; Que, conforme al documento HG-N° 0064 DGVCME/SIAF-SP de fecha 14 de mayo de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento el 20% (Transporte Local), de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero en Misión de Estudios de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11

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