Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2019 (10/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 10 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Huánuco Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Huánuco, por la suma de S/ 76 084,50 (Setenta y seis mil ochenta y cuatro con 50/100 Soles), para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle:
Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

Formalización Minera, el Informe N° 060-2019/MEMOGPP/OPRE, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N°424-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, hasta por el monto de S/ 7 500 000.00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 ­ Ministerio de Energía y Minas ­ Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial "El Peruano", previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 18 de marzo de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto suscribieron el Convenio N° 003-2019-MEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al Gobierno Regional de Loreto a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dicho Gobierno Regional, a fin de que cuente con recursos económicos que le permita continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, mediante el Convenio N° 003-2019-MEMDGFM, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir a favor del Gobierno Regional de Loreto el monto ascendente a S/ 223 625,00 (Doscientos veintitres mil seiscientos veinticinco con 00/100 Soles), para ser destinado al proceso de formalización minera integral, en el citado Gobierno Regional; Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario N° 2019-00142-001, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto certificó la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fines indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Loreto; Que, mediante Informe N° 060-2019/MEM-OGPP/ OPRE, de fecha 28 de marzo de 2019, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para las transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Loreto, en el marco del inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia financiera de recursos presupuestales del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Loreto, por la suma de S/ 111 812,50 (Ciento once mil ochocientos doce con 50/100 Soles);

S/ 76 084,50 S/ 76 084,50

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 "Formalización de la pequeña minería y minería artesanal", según el siguiente detalle:
Pliego N° 448 Gobierno Regional de Huánuco S/ 76 084,50 Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central - Región Huánuco Unidad Ejecutora SIAF 00804 Programa N° 0126 Formalización de la pequeña minería y Presupuestal minería artesanal Producto N° 3000658 Mineros Formalizados Actividad N° 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT RUC N° 20489250731



Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1767441-1

Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Loreto para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2019-MEM/DM Lima, 7 de mayo de 2019 VISTOS: El expediente 2919470, el Informe N° 2982019-MEM/DGFM, emitido por la Dirección General de

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