Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 7 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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de práctica se extendió a lo largo del Perú prehispánico, mostrando continuidad a través del tiempo (Paracas, Nasca, Inca, etc.); Que, los bienes culturales muebles repatriados, nos permiten identificar valores artísticos, en su desarrollo formal y estilístico con diseños y características de la época y la zona, pudiéndose evidenciar la destreza en la elaboración y en el trazo estilístico; asimismo el estado de conservación e integridad deja observar las características estilísticas y morfológicas de la pieza, siendo posible su ubicación espacio-temporal; Que, los bienes culturales muebles repatriados, nos permiten también identificar valores sociales vinculados a identificación y revaloración de nuestro patrimonio cultural; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de los veinte (20) bienes muebles repatriados de Guatemala (01 bien), México (05 bienes), EE.UU. (09 bienes), Argentina (01 bien) y EE.UU. (04 bienes), advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N°29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veinte (20) bienes culturales muebles repatriados de Guatemala (01 bien), México (05 bienes), EE.UU. (09 bienes), Argentina (01 bien) y EE.UU. (04 bienes) y que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial conjuntamente con el anexo correspondiente en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Dirección General de Museos, a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural y a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1823678-1

la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 465-2019-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, entre otros aspectos; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de Gabinete de Asesores, cargo calificado como de confianza, según lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 105-2019-MIDIS; por lo que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con los visados del Secretario General, de la Jefa encargada de la Oficina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; y, la Resolución Ministerial N° 105-2019-MIDIS, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez en el cargo de Jefa de Gabinete de Asesores del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1824203-1

Designan Directora de Sociales Complementarias

Prestaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2019-MIDIS Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTOS: El Memorando N° 516-2019-MIDIS/VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; el Informe N° 314-2019-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N°463-2019-MIDIS/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias como unidad orgánica de la Dirección

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefa de Gabinete de Asesores del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2019-MIDIS Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTOS: El Memorando N° 037-2019-MIDIS/DM del Despacho Ministerial; el Informe N° 317-2019-MIDIS/SG/OGRH de

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