Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 20 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1828836-1

El Memorando N° 120-2019-MINAGRI-DVPA del Viceministerio de Políticas Agrarias, el Informe N° 0144-2019-MINAGRI-DVPA/DGPA-DIPNA de la Dirección General de Políticas Agrarias, y el Informe Legal N° 1167-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el 22 de julio de 2019, se promulgó la Ley N° 30988, Ley que promueve la reducción y prevención de pérdidas y desperdicios de alimentos (en adelante Ley N° 30988), que tiene por objeto reducir y prevenir las pérdidas y desperdicios de alimentos, en todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumo humano; Que, el artículo 3 de la Ley N° 30988, dispone que el Ministerio de Agricultura y Riego (en adelante MINAGRI) en coordinación con los sectores involucrados y con arreglo a sus competencias y presupuesto, realice las acciones de promoción y coordinación intersectorial, a fin de que se implemente entre otros: (i) Buenas prácticas para el manejo de alimentos; (ii) Programas y proyectos en torno a la reducción y prevención de pérdidas y desperdicio de alimentos a nivel nacional, regional y local; (iii) Participación del sector privado y la población en la implementación de medidas que contribuyan a la reducción y prevención de pérdidas y desperdicios de alimentos; y (iv) Capacitación científica, tecnológica y la formación en materia de reducción y prevención de pérdidas y desperdicios de alimento; Que, la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 30988, dispone que el Poder Ejecutivo dicte las normas reglamentarias de la precitada Ley; Que, al respecto, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (en adelante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS), dispone que las entidades públicas deberán ordenar la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio; Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 14 del citado Reglamento, establece que la publicación de los proyectos de normas de carácter general, deben contener entre otros: El documento que contiene el proyecto de norma, su exposición de motivos, la descripción de los temas que involucra, y el plazo para la recepción de los comentarios y la persona dentro de la entidad pública que los recibirá; Que, a fin de viabilizar el cumplimiento del artículo 3 de la Ley N° 30988, el Viceministerio de Políticas Agrarias del MINAGRI a través de la Dirección General de Políticas Agrarias, ha elaborado el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30988, con su correspondiente exposición de motivos, de conformidad con el numeral 2 del artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Que, en virtud a lo expuesto, resulta necesario realizar la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30988, con la finalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y sectores especializados; Con la visación de la Dirección General Políticas Agrarias y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30988, Ley que Promueve la Reducción y Prevención de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Designan Subsecretario de la Subsecretaría de Tecnologías Digitales de la Secretaría de Gobierno Digital
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2019-PCM Lima, 19 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 334-2019PCM se designó temporalmente al señor Daniel Alejandro Yucra Sotomayor en el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Tecnologías Digitales de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta conveniente dar por concluida la referida designación temporal y designar al servidor que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del señor Daniel Alejandro Yucra Sotomayor efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 334-2019-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor CARLOS GUSTAVO RUIZ GUEVARA, en el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Tecnologías Digitales de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1828834-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30988, Ley que Promueve la Reducción y Prevención de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0398-2019-MINAGRI Lima, 18 de noviembre de 2019

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