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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (20/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2019 / El Peruano VISTOS: El O fi cio N° 002239-2019-CG/DC, de la Contraloría General de la República; el O fi cio Nº 443- 2019-MTPE/4/11.1 e Informe Nº 063-2019-MTPE-NFAVS, de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° 1368-2019-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 2712-2019-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 331-2018- TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al año 2019, de conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, dispone entre otros, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la citada Ley y sus modi fi catorias, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través del O fi cio Nº 002239-2019-CG/DC, la Contraloría General de la Republica, solicita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, realizar la primera transferencia a dicha entidad por la suma de S/ 136 683,42 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 42/100 SOLES) para fi nanciar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01, dado el carácter fi nanciero del presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración mediante O fi cio Nº 443-2019-MTPE/4/11.1 e Informe N° 063-2019-MTPE-NFAVS, otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 0000003555, en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios para la auditoría periodo 2019 por la suma de S/ 136 684,00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES); Que, a través del Memorando N° 1368-2019- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Sector, adjunta el Informe N° 576-2019-MTPE/4/9.2 emitido por la O fi cina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la primera transferencia fi nanciera, por la suma de S/ 136 684,00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a fi nanciar los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica y sus modi fi catorias; Con las visaciones de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Administración, Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 136 684,00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para fi nanciar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- La primera transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, según el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución ministerial y el anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1828831-1 Dejan sin efecto la R.M. N° 277-2019- TR, que designó Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2019-TR Lima, 19 de noviembre de 2019CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 277-2019- TR se designó al señor RUBEN ANGEL VELAZCO