Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 20 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico emitió la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que el POI se modifica, cuando se modifica el PEI; así como por cambios en la programación de metas físicas de la actividades operativas e inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, por Resolución Ministerial N° 202-2018-EF/41 se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado mediante Resolución Ministerial N° 005-2019-EF/41, Resolución Ministerial N° 158-2019-EF/41 y Resolución Ministerial N° 278-2019-EF/41; Que, se requiere la incorporación de actividades operativas de la Oficina General de Integridad Institucional y Riesgos Operativos, y de la Oficina General de Inversiones y Proyectos; la incorporación de la programación de inversiones a cargo de la Oficina General de Administración; así como, la modificación de la programación de actividades operativas del Equipo Especializado de Seguimiento de las Inversiones, de la programación de metas físicas y financieras de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, y de la Unidad de Coordinación de Cooperación Técnica y Financiera; en el POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo texto integrado se aprueba con Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41, establece, entre otros, que es competencia de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, coordinando con los órganos, organismos y empresas involucradas del Sector, de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos vigentes sobre la materia; Que, mediante Informe N° 186-2019-EF/41.02, la Oficina General de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable a la propuesta de modificación del POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo texto integrado se aprueba con Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41; y, en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional"; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de la modificación del Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas Incorpórase la programación de actividades operativas de la Oficina General de Integridad Institucional y Riesgos Operativos, y de la Oficina General de Inversiones y Proyectos; la programación de inversiones a cargo de la Oficina General de Administración; y modifícase la programación de actividades operativas del Equipo Especializado de Seguimiento de las Inversiones, la

programación de metas físicas y financieras de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, la programación de metas físicas y financieras de la Unidad de Coordinación de Cooperación Técnica y Financiera; en el Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a los Anexos B-5 adjuntos a la presente Resolución. Artículo 2. Publicación del Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas Publícase el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1828369-1

EDUCACION
Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 288-2019-MINEDU Lima, 18 de noviembre de 2019 VISTOS, el Expediente Nº 0228351-2019, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 01445-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 274-2014-MINEDU, se crea el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 446-2014-MINEDU y Nº 438-2016-MINEDU; el mismo que tiene como objetivo general proporcionar a los estudiantes de alto desempeño de la Educación Básica Regular de todas las regiones del país un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional que permita fortalecer sus competencias personales, académicas, artísticas y/o deportivas para constituir una red de líderes capaces de contribuir al desarrollo local, regional, nacional y mundial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 052-2015-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para el Desarrollo del Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento", modificada por la Resolución Viceministerial Nº 013-2018-MINEDU; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 537-2019-MINEDU, se actualiza el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", creado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 274-2014-MINEDU y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 446-2014-MINEDU y Nº 438-2016-MINEDU; Que, debido a la actualización del precitado modelo de servicio educativo, mediante el Oficio Nº 00781-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE, la Dirección General

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