Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2019 (26/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de noviembre de 2019 /

El Peruano

comisión para la autorización de viaje a la Zona Franca de Iquique Chile de dos funcionarios de la ZOFRATACNA los días 27 al 29 de noviembre del 2019, cuyo expediente fue remitido a Gobernación Regional de Tacna según Oficio Nº 517-2019/GG-ZOFRATACNA. Que, en sesión extraordinaria de fecha 18 de noviembre de 2019 se trató como punto de agenda el OFICIO Nº 527-2019-GG-ZOFRATACNA DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2019, EMITIDO POR LA GERENTE GENERAL (e) DE LA ZOFRATACNA, Y EL OFICIO Nº 055-2019/AJU ZOTAC DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019, EMITIDO POR EL PRESIDENTE DE LA AJU ZOTAC, SOBRE: SOLICITUD DE EXONERACIÓN DE TRAMITE DE COMISIÓN PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJE A LA ZONA FRANCA DE IQUIQUE CHILE DE DOS FUNCIONARIOS DE LA ZOFRATACNA LOS DÍAS 27 AL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2019, procediendo el Secretario Técnico del Consejo Regional de Tacna a dar cuenta de los referidos documentos; así como del Oficio Nº 960-2019-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 15 de noviembre de 2019 remitido por la Gobernadora Regional (e), MG. Magda Portugal Copaja, a través del cual también solicita Autorización de Viaje al Exterior de Funcionarios de ZOFRATACNA, con exoneración del trámite de comisión, adjuntando los informes y la documentación sustentatoria de su pedido; por lo que, luego de un breve debate se aprobó por unanimidad la exoneración del trámite de comisión. Que, con la Transcripción del Acuerdo de Directorio Nº 001-895, asumido en la Sesión Extraordinaria de Directorio Nº 895 desarrollada el 07 de noviembre de 2019 emitido por la Gerente General (e) de ZOFRATACNA en su condición de Secretaria de Directorio; la Resolución de Gerencia General Nº 177-2019-GG-ZOFRATACNA de fecha 08 de noviembre de 2019 emitida por la Gerencia General del Comité de Administración de ZOFRATACNA; el Oficio Nº 517-2019/GG-ZOFRATACNA de fecha 08 de noviembre de 2019 remitido por la Gerente General (e) de ZOFRATACNA; el Informe Legal Nº 146-2019-ORAJ/ GOB.REG.TACNA de fecha 13 de noviembre de 2019 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, teniendo en cuenta las opiniones favorables, así como considerando que el viaje permitirá tomar de primera fuente los valores referenciales de las mercancías que ingresan a la ZOFRATACNA y que se encuentran comprendidas en la lista de subpartidas nacionales autorizadas, resulta atendible el pedido de aprobación de autorización de viaje al exterior en comisión especial de servicio a la ciudad de Iquique - República de Chile del Ing. Vidali Agüero López (Gerencia de Operaciones) y Abog. Julio Durand Bravo (Área de Fiscalización), desde el 27 al 29 de noviembre de 2019.

Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unamidad en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión especial de servicio a la Zona Franca de Iquique - República de Chile del Ing. VIDALI AGÜERO LÓPEZ (Gerencia de Operaciones) y Abog. JULIO DURAND BRAVO (Área de Fiscalización), desde el 27 al 29 de noviembre de 2019 con el objetivo de que puedan tomar de primera fuente los valores referenciales de las mercancías que ingresan a la ZOFRATACNA y que se encuentran comprendidas en la lista de subpartidas nacionales autorizadas. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el viaje autorizado mediante el presente Acuerdo de Consejo Regional ocasionará gastos de traslado y viáticos para la ZOFRATACNA. Artículo Tercero.- DISPONER que los comisionados presenten al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Sexto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y DISPONER su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", ello en mérito a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27619. POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. LUZ DELIA HUANCAPAZA CORA Presidenta Consejo Regional de Tacna 1830286-1

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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