Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2019 (26/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de noviembre de 2019 /

El Peruano

del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto: 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- PRECISAR que los recursos de la presente transferencia financiera no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS (www. sunass.gob.pe) y en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI Presidente Ejecutivo 1830299-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará del control posterior externo al Sineace por el periodo auditado 2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 120-2019-SINEACE/CDAH-P San isidro, 25 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 000958-2019-CG/SGE recibido el 12 de noviembre 2019, de la Secretaría General de la Contraloría General de la Republica, y el Informe N° 000036-2019-SINEACE/P-ST-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Sineace, emitido a través del Sistema de Gestión Documental; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 212-2018-SINEACE/CDAH-P, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, por la suma de S/ 29 542 350.00 (VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de

la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se emitió la Resolución de Contraloría N° 4322018-CG de fecha 23 de agosto de 2018, aprobándose el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en tal sentido, mediante Oficio Nº 958-2019-CG/ SGE, recibido el 12 de noviembre 2019, la Contraloría General de la República solicita que conforme a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, deberá proceder a realizar la transferencia financiera a su favor, por el importe de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), que corresponde al 50% de la retribución económica incluido IGV, para iniciar el proceso de convocatoria pública de méritos para la designación de Sociedades de Auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado para el periodo auditado 2019 y su respectiva previsión presupuestal para el año fiscal 2020, por el importe de S/25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES) que corresponde al otro 50% de la retribución económica incluyendo IGV; Que, la Oficina de Administración con Memorándum Nº 000548-2019-SINEACE/P-ST-OA, sustenta y solicita realizar una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), para la contratación de Sociedad de Auditoría, importe que corresponde a una transferencia financiera del 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) para el período auditado 2019; Que, a través del Informe N° 000036-2019-SINEACE/PST-OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto señala que en el presupuesto institucional del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, Unidad Ejecutora 0001: Administración General ­ Sineace, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuentan con recursos disponibles para financiar la transferencia financiera, a que se refieren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma requerida; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 25,938.50 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), a favor de Contraloría General de República, para financiar el pago del 50% de la retribución económica, que incluye el IGV, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, por el periodo auditado 2019; Contando con el visto bueno de Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de

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