Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 5 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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gobiernos locales que correspondan, el inicio de la etapa de presentación de propuestas de intervención para ser financiadas con recursos del FAS, de acuerdo a las condiciones y requisitos que indican los lineamientos generales. b. La ST recibe de los sectores la relación de propuestas de intervención propias del sector y de los gobiernos regionales o gobiernos locales que hayan seleccionado, las cuales deben contar con el visto bueno del sector al que corresponda la intervención. c. Las propuestas de intervenciones recibidas de sectores, gobiernos regionales y gobiernos locales, serán analizadas por la ST para su priorización, aplicando los mecanismos establecidos en los lineamientos generales, las que se desarrollan en una Matriz de Priorización de Intervenciones considerando la valorización de los criterios establecidos, los cuales se presentan al CD para su aprobación. d. Los resultados de la evaluación de las intervenciones pueden ser: - Intervención aprobada: lista para su asignación y ejecución. - Intervención con observaciones subsanables: para su ejecución se debe levantar las observaciones y comentarios formulados. - Intervenciones con observaciones no subsanables: las cuales no podrán ser ejecutadas. 18.3. Elaboración de la propuesta y aprobación del Plan de Priorización de Inversiones de Adelanto Social Tiene por objetivo aprobar la propuesta del PLAN del FAS sobre la base de las actividades del numeral 18.2 precedente. La responsable es la ST del FAS. La ST elabora la propuesta del PLAN que constituye el instrumento de gestión que sistematiza las intervenciones que serán objeto de financiamiento con los recursos del FAS. El PLAN comprende los espacios geográficos priorizados, la situación de las poblaciones y la programación de actividades principales de las intervenciones del FAS. Las actividades de este procedimiento se desarrollan de la siguiente manera: a. La ST presenta la propuesta del PLAN al CD para su aprobación. b. El CD revisa la propuesta del PLAN. En caso el CD determine modificaciones a la conformación del conjunto de intervenciones consideradas en la propuesta del PLAN, la ST deberá realizar dichas modificaciones y volver a presentar el PLAN para su aprobación. En caso el CD no determine modificaciones al PLAN, podrá aprobarlo. c. El PLAN aprobado por el CD es difundido por la ST entre los sectores involucrados. Artículo 19. Proceso de transferencia de recursos Tiene por objetivo transferir los recursos presupuestales que correspondan a cada sector encargado de la ejecución de las intervenciones. Artículo 20. Procedimiento transferencia de recursos del proceso de

inicia el trámite de transferencia, elabora los informes y expedientes. c. La ST suscribe convenios con el pliego o unidad ejecutora del sector encargado de ejecutar las intervenciones priorizadas a las cuales se transfieren los recursos del FAS. Estos convenios son incluidos en el expediente de sustentación de transferencia de recursos, y demás requisitos de acuerdo a la normatividad vigente. 20.2. Gestión administrativa para la aprobación de transferencia de recursos. Tiene por objetivo gestionar la asignación de los recursos del FAS a los sectores. El responsable es la ST del FAS. Las actividades de este procedimiento se desarrollan de la siguiente manera: a. La ST elabora el expediente de sustentación para la asignación de recursos a ser gestionado ante el MEF, el cual contiene un convenio entre el FAS y el pliego o unidad ejecutora receptora de los recursos con los compromisos respectivos en el marco de la finalidad del FAS. b. El MEF recepciona el expediente de sustentación para la asignación de recursos del FAS a los pliegos o unidades ejecutoras y lo tramita de acuerdo a la normativa vigente. La ST realiza el seguimiento correspondiente y en lo que le sea competente, levanta las observaciones con el fin de que se aprueben estas asignaciones. c. Una vez aprobadas y autorizadas las transferencias y transferidos los recursos al pliego o unidad ejecutora receptora que ejecutará los recursos del FAS, comunica a la ST del FAS, quien a su vez informa al CD, e inicia el proceso de seguimiento y monitoreo. Artículo 21. Proceso de Seguimiento, Monitoreo y Cierre Tiene por objetivo verificar el cumplimiento de los objetivos del PLAN. La responsable es la ST del FAS. 21.1. Seguimiento y Monitoreo de las actividades priorizadas Tiene por objetivo verificar el cumplimiento de las intervenciones contenidas en el PLAN. La responsable es la ST del FAS. Las actividades de este procedimiento se desarrollan de la siguiente manera: a. En el caso de ejecución de inversiones, el órgano de inversiones del pliego o unidad ejecutora registra la información de avance en los aplicativos informáticos en línea con que cuenta la Contraloría General de la República, el MEF u otras entidades de control y rectoras. Adicionalmente, en caso de tratarse de la ejecución de una obra, envía a la ST un informe mensual de avance del supervisor de obras. b. En el caso de expediente técnico y estudios de preinversión, el órgano de inversiones remite a la ST un informe mensual del avance. c. La ST podrá realizar visitas en cualquier momento de las fases de las intervenciones que son financiadas por el FAS. d. La ST solicita a los sectores explicaciones y medidas correctivas para cumplir las metas de la intervención en los periodos planificados. e. La ST informa trimestralmente al CD del avance en la ejecución de las intervenciones financiadas por el FAS. f. La ST elabora el Informe Anual de Seguimiento del PLAN y lo presenta al CD para su aprobación. 21.2. Cierre de las actividades priorizadas Tiene por objetivo dar por concluidas las intervenciones contenidas en el PLAN. Su responsable es la ST del FAS. Las actividades de este procedimiento se desarrollan de la siguiente manera: a. Una vez concluida la ejecución de los recursos asignados por el FAS en la intervención, el pliego o unidad ejecutora comunica a la ST la conclusión de la intervención, con la resolución del titular correspondiente, documentos exigidos por la autoridad rectora en inversiones, y un informe de cierre con la verificación in situ de la ST.

20.1. Sustentación para la transferencia de recursos Tiene por objetivo elaborar y aprobar el informe y expediente para la transferencia de recursos a los sectores para el financiamiento de intervenciones. El responsable es la ST del FAS. Las actividades de este procedimiento se desarrollan de la siguiente manera: a. El ST determina de acuerdo al orden desarrollado en el PLAN aprobado, la lista de intervenciones priorizadas para ejecutarse con recursos del FAS, según disponibilidad presupuestal, cuya asignación será gestionada ante el MEF de acuerdo a la normativa vigente. b. La ST de acuerdo a la priorización de intervenciones del PLAN coordina con cada pliego o unidad ejecutora el cronograma de ejecución de dichas intervenciones,

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