Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
Código Único 2265717

Miércoles 11 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Convenios que permitan la transferencia de recursos del Ministerio de Agricultura a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios, para la atención de proyectos de Inversión a favor del sector productivo de la Región. Que, en concordancia con el artículo 75, el artículo 39 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, define y establece: "39.1 Constituyen modificaciones presupuestarias en el nivel institucional: los créditos suplementarios y las transferencias de partidas, los que son aprobados mediante ley...b) las transferencias de partidas constituyen traslados de créditos presupuestarios entre pliegos. 39.2 En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso". Que, según lo contempla el literal k) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Gobernador Regional "celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional". Que, por otra parte, es atribución del Consejo Regional "autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional", según lo establece el literal i) del artículo 14 de la precitada norma legal. Que, no obstante la opinión legal discrepante de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, expresada mediante Informe Legal Nº 435-2019-GOREMAD/ORAJ, en el sentido que no es necesaria la emisión del acuerdo autoritativo, resulta conveniente a efectos de garantizar la viabilidad y eficacia de la transferencia de recursos financieros que únicamente será atendida por el Ministerio de Agricultura previa autorización del Consejo Regional, otorgar las facultades requeridas para la suscripción de los respectivos Convenios, en función de contribuir a mejorar la situación del sector productivo agrícola de la Región y obtener la demanda adicional de recursos para financiar los siguientes Proyectos de Inversión Pública: 1.- "Mejoramiento de los Servicios de Asistencia de la Gerencia de Desarrollo Agrario del PEMD para habilitar los terrenos desboscados de uso agrícola y piscícola en la Provincia de Tambopata- Región Madre de Dios", con Código Único 2265717, cuyo costo de inversión es de S/. 9,650,921.23. 2.- "Mejoramiento de la competitividad de los apicultores articulado a la agricultura y uso de bosques en la Provincia de Tambopata- Madre de Dios", con Código Único 2191378, cuyo costo de inversión es de S/. 2,134,094.87. 3.- "Recuperación de suelos degradados para mejorar la producción de cacao en 25 sectores de la provincia de Tambopata y 18 sectores de la provincia de Tahuamanu de la Región Madre de Dios", con Código Único 2304176, cuyo costo de inversión es de S/. 21,718,839.33. El Consejo Regional de Madre de Dios, luego de analizar, evaluar y debatir al respecto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el voto aprobatorio por mayoría, ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Madre de Dios Méd. Luis Guillermo HIDALGO OKIMURA, la suscripción de Convenios para las Transferencias Financieras que efectuará el Ministerio de Agricultura a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios, para financiar los siguientes Proyectos de Inversión Pública:

Nombre del P.I.P. "Mejoramiento de los Servicios de Asistencia de la Gerencia de Desarrollo Agrario del PEMD para habilitar los terrenos desboscados de uso agrícola y piscícola en la Provincia de Tambopata- Región Madre de Dios" "Mejoramiento de la competitividad de los apicultores articulado a la agricultura y uso de bosques en la Provincia de Tambopata- Madre de Dios" "Recuperación de suelos degradados para mejorar la producción de cacao en 25 sectores de la provincia de Tambopata y 18 sectores de la provincia de Tahuamanu de la Región Madre de Dios"

2191378

2304176

Artículo Segundo.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil diecinueve. DANY YORK CELI WIESS Consejero Delegado Accesitario Consejo Regional 1805668-1

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Autorizan Transferencia Financiera solicitada por la Contraloría General de la República
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 164-2019-CR /GRM 9 de julio de 2019 En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Moquegua, de fecha 09 de julio del año 2019; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con lo previsto en el artículo 63º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece "Los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o norma institucional"; Que, con Informe Nº 088-2019-GRM/OREPLAN del 23 de abril del 2019, el Jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, remite opinión de Disponibilidad Presupuestal por el monto total de S/. 67,400.00 soles a cargo de la meta presupuestal (057) dando cumplimiento a la tercera disposición complementaria final de la Ley Nº 30742 con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2019.

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