Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 11 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 070-2017-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 006-2017-MIDIS, "Directiva que regula la Operatividad del Sistema de Focalización de Hogares ­ SISFOH", modificada por Resolución Ministerial Nº 137-2017-MIDIS y por Resolución Ministerial Nº 304-2018-MIDIS, que establece con relación a los Gobiernos Locales, la responsabilidad de suscribir las Declaraciones Juradas a cargo de los Alcaldes o Alcaldesas o Gerente Municipal que cuente con las facultades delegadas, que garantiza que la información recogida, mediante los instrumentos de recojo de datos es la misma que fue remitida a través de los aplicativos informáticos a la DOF, además que los formatos se encuentren debidamente archivados y custodiados en las ULE; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) Y 20) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR en el GERENTE MUNICIPAL de la Municipalidad Distrital de Bellavista, las siguientes facultades: a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad. b) Suscribir la Declaración Jurada para la determinación de la Clasificación Socioeconómica (Formato D100), que garantiza que la información recogida mediante los instrumentos de recojo de datos, es la misma que fue remitida a través de los aplicativos informáticos a la DOF, además que los formatos se encuentren debidamente archivados y custodiados en las ULE. c) La aprobación de Directivas y documentos de carácter normativo necesarios para conducir la gestión técnica, financiera y administrativa de la Municipalidad. Artículo 2º.- DISPONER que la Gerencia Municipal se encuentra facultada a emitir Resoluciones de su nivel para el cabal cumplimiento de las atribuciones delegadas, de conformidad con lo señalado en los artículos de la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General, la notificación de la presente resolución a las unidades orgánicas competentes de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1805268-1

GDE-SGPE, respecto a la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 020-2017/MDV que aprobó la creación del Consejo Local y el Reglamento del Consejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de Ventanilla, y; CONSIDERANDO: Que, Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, consagra en su Artículo 40º que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura jurídica municipal por medio de las cuales se aprueba entre otros temas, las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y el Desarrollo Artesanal en su numeral 12.1 y 12.4 crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo CONAFAR; y de igual forma dispone la creación de un Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR; como órgano de coordinación entre el sector público y privado (...) siendo que las funciones y su composición de esta última es por norma local. Que, al respecto mediante la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y el Desarrollo Artesanal en su numeral 12.1 y 12.4 se crea el Consejo Nacional de Fomento Artesanal en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo CONAFAR; y de igual forma se dispone la creación de un Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR; como órgano de coordinación entre el sector público y privado (...) siendo que las funciones y su composición de esta última es por norma local. Que, en este contexto mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2017/MDV se aprueba la Creación del Consejo Local y el Reglamento del Concejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de Ventanilla. Que, la Subgerencia de Promoción Empresarial dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico mediante el Informe Nº 083-2019/MDV-GDE-SGPE manifiesta que en atención a sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de este Municipio, ha efectuado la revisión a la Ordenanza Municipal Nº 20-2017/MDV citada, siendo que ha podido corroborar, que los instrumentos legales de creación y reglamentación que permita su debida organización ante el gobierno local, no fue lo esperado para el sector artesanía de nuestro distrito; toda vez, que no han sido acordes a un proceso de elección de representante de artesanos, con su respectiva línea de base y trabajo vinculado para su desarrollo, sin contar con un Plan de Trabajo, y la composición de sus integrantes no ha sido la idónea para su operatividad e implementación de acuerdo a la realidad de nuestro distrito, por lo que propone presenta el proyecto de su modificación acorde al detalle en el citado informe. Que, mediante el Memorando Nº 122-2019/MDVGDE la Gerencia de Desarrollo Económico manifiesta la viabilidad de aprobación a la propuesta de Modificación de la Ordenanza Municipal Nº 020-2017/MDV que aprueba la Creación y el Reglamento del Concejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de Ventanilla. Que, en tal contexto, priorizando acciones sostenibles de esta nueva gestión municipal, a fin de hacer efectivo el

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Modifican la Ordenanza Nº 020-2017/MDV que aprobó la creación del Consejo Local y el Reglamento del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2019/MDV Ventanilla, 18 de julio de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 18 de julio de 2019; el Proveído s/n de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 186-2019/MDV-SGyAJ de la Secretaría General y Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 122-2019/MDV-GDE y el Informe Nº 083-2019/MDV-

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