Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de setiembre de 2019 /

El Peruano

desarrollo del sector artesanía expresado en la generación de empleo, promoción, desarrollo de capacidades y la ansiada comercialización de sus productos artesanales, la misma que obedece a un trabajo en conjunto, donde la voluntad política, la capacidad de gestión y compromiso de nuestro Distrito de Ventanilla, es que resulta necesario establecer modificaciones a fin de establecer disposiciones específicas destinadas a propiciar los mecanismos de protección y promoción que sigan impulsando el progreso de la actividad artesanal con una composición acorde a la realidad del distrito. Que, aunado a lo expuesto el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8) Artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD y con la dispensa del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Empresarial y Pymes, el trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2017/MDV QUE APROBÓ LA CREACIÓN DEL CONSEJO LOCAL Y EL REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL DEL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- MODIFICAR el Artículo 2 de la Ordenanza Municipal Nº 020-2017/MDV, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Aprobar el nuevo reglamento del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Ventanilla, COLOFAR ­ Ventanilla, que como anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de (17) Artículos, (5) Títulos y (1) Disposición Final, cuyo objetivo es regular su régimen interno, competencias, funciones, atribuciones, deberes y derechos de sus integrantes." Artículo 2.- ESTABLECER que el Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR ­ VENTANILLA, representado por la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial, como secretaria técnica tiene a su cargo la coordinación con el sector público y privado, para promover el desarrollo del artesano y de la artesanía en el distrito de Ventanilla. Asimismo, la elaboración del Plan de Trabajo del Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR ­ VENTANILLA. Artículo 3.- PRECISAR que el Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR ­ VENTANILLA, se constituye para cumplir con los objetivos de: a) Promover el crecimiento, desarrollo integral y reconocimiento del artesano y de la actividad artesanal local, impulsando la inversión privada y el acceso al mercado interno y externo. b) Proponer e impulsar la realización de capacitación, concursos, eventos y ferias artesanales a nivel local o nacional. c) Promover la formación y fortalecimiento de asociaciones de artesanos, a fin de optimizar su participación y la difusión de las actividades artesanales en el distrito. d) Promover la inscripción en el Registro Nacional del Artesano (RNA); que tiene naturaleza administrativa, es de carácter público y obligatorio para todos los artesanos, empresas de la actividad artesanal y asociaciones de artesanos. Artículo 4.- El Consejo Local de Fomento Artesanal ­ COLOFAR ­ VENTANILLA, estará conformado por: 1. Un funcionario de la Gerencia de Desarrollo Económico. 2. Un funcionario del Gobierno Regional del Callao.

3. Un funcionario de la Gerencia de Desarrollo Humano. 4. Un funcionario de la Gerencia de Juventud y Cultura 5. 02 representantes de artesanos locales del distrito, miembro titular y alterno, debidamente registrados en el Registro Nacional del Artesano (RNA). 6. 01 representante de artesanos (as) del distrito, inscrito en OMAPED, debidamente registrado en el Registro Nacional del Artesano (RNA). Los integrantes del Consejo Local de Fomento Artesanal, COLOFAR ­ VENTANILLA, cumplen sus funciones AD HONOREM. Artículo 5.- FACÚLTESE al Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como establecer de ser conveniente la prórroga de la misma. Artículo 6.- ENCÁRGUESE el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo 7.- Encargar a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como su respectiva difusión por parte de la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe) y en la página del portal oficial del Estado Peruano. Artículo 8.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, publíquese y comuníquese. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde ANEXO 1 REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL DEL DISTRITO DE VENTANILLA COLOFAR ­ VENTANILLA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- MARCO LEGAL El Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Ventanilla, COLOFAR ­ VENTANILLA, se fundamenta en las siguientes normas legales: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR, Reglamento de la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal. - Otros dispositivos concordantes que sean de aplicación supletoria. Artículo 2.- OBJETIVO Normar el régimen interno del Consejo Local de Fomento Artesanal COLOFAR ­ VENTANILLA, sus competencias, funciones, atribuciones, deberes y derechos de sus integrantes. Artículo 3.- CONFORMACIÓN El Consejo Local de Fomento Artesanal, COLOFAR ­ VENTANILLA, está integrado por (07 miembros), según detalle: 1. Un funcionario de la Gerencia de Desarrollo Económico. 2. Un funcionario del Gobierno Regional del Callao. 3. Un funcionario de la Gerencia de Desarrollo Humano. 4. Un funcionario de la Gerencia de Juventud y Cultura

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