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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (14/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2019 / El Peruano de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, pueden modi fi carse mediante Decreto Supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fi scales; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2019-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas estableció los límites máximos de incorporación de mayores ingresos provenientes de saldos de balance para el Año Fiscal 2019, que se destinen al fi nanciamiento del gasto corriente en los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional, entre los que se encuentra el Pliego 019: Contraloría General; Que, conforme a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 027-2019-EF, para el caso en el cual el monto de incorporación de saldo de balance destinado a gasto corriente registrado por el Pliego a la fecha de publicación del citado Decreto Supremo sea superior al establecido, el límite máximo de incorporación es el monto del saldo de balance destinado a gasto corriente incorporado a dicha fecha; Que, de acuerdo con la Hoja Informativa N° 000439- 2019-CG/PRESU, la Subgerencia de Presupuesto señala que mediante la Resolución de Contraloría N° 017-2019-CG, de fecha 09 de enero de 2019, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, por Saldo de Balance, correspondiendo el importe de S/ 17 932 111,00, a la categoría de Gasto Corriente; Que, a través del Decreto Supremo N° 291-2019-EF, se modi fi can los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos establecidos en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2019-EF, en el presupuesto institucional de los pliegos a que se hace referencia en el Anexo N° 1 del mencionaldo dispositivo, en el que se encuentra el Pliego 019: Contraloría General, hasta por el importe de S/ 22 233 667,00; en consecuencia, el límite de incorporación de ingresos ha sido ampliado por el importe de Cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y seis y 00/100 soles (S/ 4 301 556,00); Que, estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa N° 000391-2019-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000388-2019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, hasta por el importe de Cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y seis y 00/100 soles (S/ 4 301 556,00) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, conforme ha sido sustentado por la Subgerencia de Presupuesto en su Hoja Informativa N° 000439-2019-CG/PRESU; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Supremo N° 291-2019-EF, y la normatividad presupuestaria vigente; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloria General, para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de Cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y seis y 00/100 soles (S/ 4 301 556,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS EN SOLES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 Recursos Directamente 4.301.556,00 Recaudados 1,9 SALDOS DE BALANCE1.9.1 Saldos de Balance1.9.1.1 Saldos de Balance1.9.1.1.1 Saldos de Balance1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance 4.301.556,00 TOTAL PLIEGO 4.301.556,00 TOTAL INGRESOS 4.301.556,00 EGRESOS EN SOLES SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 019 CONTRALORÍA GENERALUNIDAD EJECUTORA : 001 CONTRALORÍA GENERALCATEGORIA SALDOS DE BALANCE : ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSPRODUCTO : 3999999 SIN PRODUCTO ACTIVIDAD : 5 000759 Fiscalización y Control de la Gestión Pública FUENTE DE FINANCIAMIENTO 9 Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 4.301.556,00 2.3 BIENES Y SERVICIOS TOTAL UNIDAD EJECUTORA 4.301.556,00 TOTAL PLIEGO 4.301.556,00  TOTAL EGRESOS 4.301.556,00 Artículo 2.- Codi fi cación La Subgerencia de Presupuesto solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria Determinar que la Subgerencia de Presupuesto elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, según lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Encargar a la Subgerencia de Presupuesto remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1807212-2 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Moquegua a Bolivia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 0129-2019-UNAM Moquegua, 9 de setiembre de 2019 VISTOS, el O fi cio Nº 423-2019-VIPAC-CO/UNAM del 06.09.2019, Informe Legal Nº 1070-2019-UNAM-CO/OAL del 05.09.2019, Informe Nº 608-2019-ORH/DIGA/UNAM del 05.09.2019, Informe Nº 322-2019-UADP/ORH/DIGA/CO/UNAM del 04.09.2019, Informe Nº 726-2019-UP-OPEP/UNAM del 03.09.2019, Informe Nº 368-2019-EPIA/VIPAC/UNAM del 28.08.2019, Proveído Presidencial Nº 3968 de fecha 06 de setiembre de 2019; y,